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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 126

126 NORMAS LEGALES Sábado 14 de diciembre de 2024 El Peruano / Artículo Tercero.- OBJETIVOS EN SALUD MENTAL EN EL DISTRITO DE COMAS ESTABLECER como objetivos de la salud mental en el distrito de Comas: 1) Contar con un PLAN EN SALUD MENTAL. 2) Promocionar la Cultura de Paz y Salud Mental positiva que incluye vínculos afectivos, habilidades para la relación interpersonal saludable, proyecto de vida, salud mental en familia, niñez, adolescencia, juventud, gestación, adultez y adultez mayor, que conlleven el bienestar y la armonía en la convivencia familiar, comunal y social. 3) Garantizar el respeto a la dignidad de las personas con problemas de salud mental o discapacidad, las que gozan de un régimen legal de protección integral y de atención, a través del modelo de atención comunitaria, con continuidad de cuidados, rehabilitación psicosocial y reinserción social. 4) Promover la articulación, intersectorial y multisectorial, y el desarrollo de los servicios de atención comunitaria en salud mental, a través de programas y planes de promoción, prevención y protección de la salud mental con visión integral. 5) Fomentar la participación comunitaria en salud mental, promocionando sus derechos y deberes en salud mental de ciudadanas y ciudadanos en diversos sectores públicos, privados y de la sociedad civil. 6) Fomentar la erradicación del estigma hacia las personas afectadas en la salud mental, sensibilizando a la comunidad y familias la atención del problema y sensibilizando a la población respecto a la condición de afectación de la salud que es necesario atender, disminuyendo el abandono que actualmente sufren muchas personas afectadas por trastornos de la salud mental. 7) Garantizar el ejercicio de los derechos a la salud que asiste a las personas afectadas en su salud mental fomentando el acceso a los servicios de salud mental a los segmentos vulnerables. 8) Priorizar la promoción y prevención en salud mental fortaleciendo las alianzas intersectoriales e interinstitucionales como factor del desarrollo local haciendo especial incidencia en el Sector Salud, Educación, Mujer, entre otros. 9) Sensibilizar, educar, informar y comunicar a la población sobre la salud mental positiva, los problemas y trastornos, mentales y la disponibilidad de servicios y programas en el sistema de salud y en otros que existan. 10) Fomentar la participación de agentes comunitarios y otras redes de voluntarios y voluntarias para los diversos aspectos del cuidado de la salud mental de la población. Artículo Cuarto.- Crear un comité interinstitucional para las coordinaciones de las políticas locales en salud mental del distrito de Comas, integrado por: 1) Representantes de la Municipalidad de Comas. 2) Representantes de los Centros de Salud Mental Comunitarios – CSMC de Comas. 3) Representantes de la Red Integrada de Salud (RIS) Comas. 4) Representantes de las redes de familiares, promotores de salud, redes de acompañantes a pacientes con problemas de salud mental. 5) Representante de ONGs e Instituciones Aliadas. El propósito de este Comité es realizar coordinaciones para promover y coordinar la elaboración del Plan de Salud Mental en el Distrito de Comas. Artículo Quinto.- DE LA NOTIFICACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA NORMA ENCÁRGUESE a la Gerencia de la Mujer, Desarrollo Social y Programas Sociales de la Municipalidad de Comas, conforme a sus competencias y funciones, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, Subgerencia de CIAM, OMAPED, DEMUNA, Salud y Programas Sociales, y otras áreas pertinentes, el cumplimiento de esta Ordenanza con respecto a la promoción y atención Primaria de la Salud Mental en el Distrito de Comas, en adición a sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Comas, bajo responsabilidad funcional, técnica y legal. DISPOSICIONES FINALES Primero.- FACÚLTESE al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- ESTABLECER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de día siguiente de la Publicación. Tercera.– ENCARGAR a la Ofi cina General de Secretaria de Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Ofi cina de Tecnología de Información, su publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas, www.municomas.gob.pe . Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ULISES VILLEGAS ROJAS Alcalde de Comas 2353697-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Ordenanza que establece beneficios para el pago de multas administrativas en estado ordinario y coactivo en el distrito de La Victoria ORDENANZA N ° 451/MLV La Victoria, 13 de diciembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA: POR CUANTO:En la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal N° 23, de fecha 13 de diciembre de 2024; VISTOS:El Memorando Múltiple N° 000484-2024-GM/MLV, de fecha 06 de diciembre de 2024, de la Gerencia Municipal; Informe N° 000082-2024/MLV, de fecha 11 de diciembre de 2024; Memorando N° 003099-2024-GM/MLV, de fecha 11 de diciembre de 2024, de la Gerencia Municipal; Carta N° 001194-2024-SG/MLV, de fecha 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General; Informe N° 003357-2024-SGSCA-GFC/MLV, de fecha 25 de noviembre de 2024, de la Subgerencia de Sanciones Coactiva Administrativa; Informe N° 000129-2024-GFC/ MLV, de fecha 26 de noviembre de 2024, de la Gerencia de Fiscalización y Control; Memorando N° 002950- 2024-GM/MLV, de fecha 26 de noviembre de 2024, de la Gerencia Municipal; Memorando N° 000258-2024- OGPP/MLV, de fecha 28 de noviembre de 2024, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 000478-2024-OGAJ/MLV, de fecha 02 de diciembre de 2024, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Memorando N° 003024-2024-GM/MLV, de fecha 02 de diciembre de 2024, de la Gerencia Municipal; Carta N° 001180-2024-SG/MLV, de fecha 03 de diciembre de 2024, de la Secretaría General; Memorando Múltiple N° 000484- 2024-GM/MLV, de fecha 06 de diciembre de 2024, de la Gerencia Municipal; Memorando N° 001989-2024-GFC/ MLV, de fecha 10 de diciembre de 2024, de la Gerencia de Fiscalización y Control; Informe N° 003474-2024-SGSCA- GFC/MLV, de fecha 11 de diciembre de 2024, de la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa; Informe N° 000138-2024-GFC/MLV, de fecha 11 de