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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de las señoras KAREN SILVANA LOPEZ TELLO y FIORELLA SUSANA MARTOS SOTO, dispuestas mediante la Resolución Ministerial N° 234-2024-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a las señoras KARLA ROSA ACOSTA BARRETO y NORAH EDITH CARDENAS HUERTA, como representantes titular y alterna, respectivamente, del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2355190-1 Autorizan transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 362-2024-PCM Lima, 18 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31953, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, con Resolución Ministerial N° 313-2023-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el literal c) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se han asignado recursos en el Pliego Ministerio de Defensa, para la Actividad 5005261 “Servicio de Apoyo a Otras Entidades”, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 26 530 867,00 (VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el apoyo que brinden las Fuerzas Armadas (FFAA) a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, y que cuenten con convenios suscritos para dicho fi n, con excepción del apoyo que brinden las FFAA a otras entidades para la atención de emergencias por desastres naturales y emergencias sanitarias, para lo cual no se requiere convenio; Que, asimismo, el numeral 87.2 del artículo 87 de la Ley N° 31953, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las FFAA y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, para fi nanciar los gastos asociados al apoyo prestado, y en el caso del apoyo prestado por el Ministerio de Defensa, solo si el gasto certifi cado por el apoyo que brinden supera los montos asignados en los literales a), b) y c) del numeral 87.1 del citado artículo 87, de corresponder. Previamente a la realización de las referidas transferencias, el Ministerio de Defensa, a través de su ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces, informa al Ministerio de Economía y Finanzas que los recursos asignados en el citado artículo 87 son destinados a servicios de apoyo realizados y/o por realizar, asociando los costos operativos con dichos servicios; Que, además, el numeral 87.3 del artículo 87 de la Ley N° 31953, prevé que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, la cual se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, en el marco de lo establecido en el literal c) del numeral 87.1 del artículo 87 de la Ley Nº 31953, se suscribe el “Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Defensa y la Presidencia del Consejo de Ministros”; Que, mediante Ofi cio N° 03407-2024-MINDEF- VRD, el Viceministerio de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, autorizar la transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/ 21,595.31 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 31/100 SOLES) a favor del Ministerio de Defensa, por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas hasta el mes de setiembre del presente año fi scal, en el marco del artículo 87 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, a través de la Nota de Elevación Nº D000545- 2024-PCM-OGPP, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° D0000267-2024- PCM-OP de la Ofi cina de Presupuesto, en el cual se emite opinión favorable para el trámite de transferencia fi nanciera de recursos a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros, durante el periodo del mes de enero a setiembre del 2024, en el marco del artículo 87 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando la Nota de Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000002245, por la suma de S/ 21,595.31 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 31/100 SOLES), con cargo a los recursos autorizados de la Meta 0010 “Gestión del Sistema de Abastecimiento, Control Patrimonial, Servicios Generales y Archivo Institucional”, Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios - Rubro 00 Recursos Ordinarios y Específi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional”; Que, en virtud de lo antes expuesto, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera, por la suma de S/ 21,595.31 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 31/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, destinada a fi nanciar los gastos por el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas al Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las