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103 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / Libertad, se aprobó Declarar de Interés Regional el Desarrollo Turístico de las Islas de Macabí, ámbito del Centro Poblado de Puerto Malabrigo, distrito de Razuri y provincia de Ascope, Región La Libertad, en el marco del Eje Estratégico de la Ruta Moche Ofi cializada mediante Ordenanza Regional N° 013-2016-GRLL-CR, para promover e impulsar la oferta de los servicios turísticos de la Región La Libertad; Que, mediante el Ofi cio N° 109-2022-ARTS-OMP/P, de fecha 15 de junio del año dos mi veinte y dos, el Presidente de la Asociación de Reactivación Turística Sinsicapina, Sr. Orlando Moreno Pachamango, solicita al Consejero Regional por la Provincia de Otuzco, Dr. Gonzalo Rodríguez Espejo, el apoyo con la elaboración de una Ordenanza Regional, donde se declare al Distrito de Sinsicap el desarrollo sostenible turístico del distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, Región La Libertad, mediante el acto resolutivo correspondiente. Que, el presente Proyecto de Ordenanza Regional, ha sido formulado por el Señor Dr. Gonzalo Alfredo Rodríguez Espejo, Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad años 2022 y Consejero Regional por la Provincia de Otuzco periodo 2019 - 2022 y a solicitud del Presidente de la Asociación de Reactivación Turística Sinsicapina; Que, mediante Informe Técnico N° 10-2024-GRLL- GGR-GRCTA-SGT, de fecha 19 de junio del 2024, suscrito la Subgerencia de Turismo, concluye que es viable la Ordenanza Regional Relativo a “Declarar de Interés Regional el Desarrollo Turístico del Distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, Región La Libertad, en el Marco del Eje Estratégico de la Ruta del Mar a los Andes, ofi cializada mediante la Ordenanza Regional N° 013- 2016-GRLL-CR”. Que, con Informe Técnico N° 98-2024-GRLL- GGR-GRE-SGGP, de fecha 29 de agosto del 2024, la Subgerencia de Gestión Pedagógica de la Gerencia Regional de Educación, concluye que el artículo quinto del proyecto de ordenanza regional se enmarca en los Ejes Integradores Regionales aprobados con Resolución Gerencial Regional N° 512-2022-GRLL-GGR-GRE, por lo que emite opinión técnica favorable. Que, mediante Informe Legal N° 000294-2024-GRLL- GGR-GRAJ-MSJB, de fecha 06 de setiembre del 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable, respecto de la actualización de la ordenanza regional relativa a “Declarar de Interés Regional el Desarrollo Turístico del Distrito de Sinsicap, provincia de Otuzco, región La Libertad, en el Marco del Eje Estratégico de la Ruta del Mar a los Andes, ofi cializada mediante la Ordenanza Regional N° 013-2016-GRLL-CR”, ratifi cada por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica a través del Ofi cio N° 01756-2024-GRLL-GGR-GRAJ. Que, con Ofi cio N° 000038-2024-CR-CCETA, de fecha 16 de octubre del 2024, la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, CPC. Verónica Rebeca Escobal Ordoñez, presentó el Dictamen N° 003-2024-GRLL-CR-CCETA, mediante el cual dicho colegiado, aprobó por unanimidad, el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Declarar de Interés Regional el Desarrollo Turístico del Distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, Región La Libertad, en el Marco del Eje Estratégico de la Ruta del Mar a los Andes, ofi cializada mediante la Ordenanza Regional N° 013- 2016-GRLL-CR”, en mérito a lo señalado en el informe técnico e informe legal adjuntos al expediente remitido por la Gerencia General Regional a través del Sistema de Gestión Documentaria - SGD, y tramitado por el Presidente del Consejo Regional de La Libertad; Que, en Sesión Extraordinaria Mixta de fecha 26 de abril del 2024, el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Declarar de Interés Regional el Desarrollo Turístico del Distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, Región La Libertad, en el Marco del Eje Estratégico de la Ruta del Mar a los Andes, ofi cializada mediante la Ordenanza Regional N° 013 - 2016- GRLL-CR”; el mismo que fue aprobado por unanimidad; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; APROBÓ POR UNANIMIDAD: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Regional el Desarrollo Turístico del Distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, Región La Libertad, en el Marco del Eje Estratégico de la Ruta del Mar a los Andes, Ofi cializada mediante la Ordenanza Regional N° 013-2016-GRLL-CR, a fi n de promover e impulsar la Oferta de los Servicios Turísticos de la Región La Libertad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Gobierno Regional La Libertad, coordinar con la Municipalidad Distrital de Sinsicap, la Municipalidad Provincial de Otuzco, la Dirección Desconcentrada La Libertad del Ministerio de Cultura, la Asociación de Sinsicapinos Residentes en la Provincia de Trujillo, la Asociación de Fruticultores de Sinsicap, la Asociación de Reactivación Turística Sinsicapina, los Mayordomos de la Festividad de Las Cruces del Cerro Orga y de la Festividad de la Virgen de la Visitación; y otras instituciones públicas y privadas, realizar las acciones siguientes: - Insertar al distrito de Sinsicap, dentro de una ruta turística regional, como zona de desarrollo turístico, priorizado de la Región la Libertad. - Contemplar al distrito de Sinsicap, dentro del Plan Estratégico Regional de Turismo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía y a la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional La Libertad, cumplir con lo establecido en el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional N° 013-2015-GR-LL/ CR, Declaran al Distrito de Sinsicap como “Capital del Membrillo Ecológico” y como el Primer Productor de Membrillo en la región La Libertad. Artíiculo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía y a la Gerencia Regional de Educación del Gobierno Regional La Libertad, cumplir con lo establecido en el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 013-2019-GR-LL/ CR, Declaran de Interés Público Regional el Peregrinaje de la Festividad de Las Cruces del Cerro Orga del Distrito de Sinsicap, Provincia de Otuzco, y la permanencia en el tiempo de dicha expresión del Patrimonio Cultural Inmaterial en la Región. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Educación, determinar los contenidos temáticos para que sean incluidos en la curricular escolar regional, como son los recursos naturales y culturales que posee el Distrito de Sinsicap, priorizando su aplicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje en las instituciones educativas públicas y privadas de la Región La Libertad. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y difundido en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad (www.regionlalibertad.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los siete días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro. EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD