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153 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / 15. Campoy. - Estructura autoportante compuesta generalmente por elementos metálicos, cuyas bases se encuentran ancladas o cimentadas al suelo del predio y su cobertura es de material liviano, forman parte de las obras o instalaciones autorizadas en grifos o estaciones de servicio. 16. Características del elemento de publicidad exterior .- Se refi ere a las medidas, tipo, material y ubicación del mismo, instalado en un bien predeterminado. 17. Cerco .- Elemento de cierre que delimita una propiedad, puede ser opaco o transparente. 18. Contaminación visual .- Es el fenómeno mediante el cual se ocasionan impactos negativos en la percepción visual por el abuso de ciertos elementos que alteran la estética o la imagen del paisaje urbano y que generan una saturación visual alterando el ornato, el tránsito y, en general, el orden establecido en una ciudad. Dichos elementos no provocan contaminación por sí mismos, pero con la ubicación o instalación indiscriminada en cuanto a tamaño, distribución y cantidad, se convierten en agentes contaminantes. 19. Contaminación lumínica.- Efecto que se produce en forma de iluminación del fondo del cielo nocturno, perjudicando gravemente su calidad, a causa de una mala dirección y una potencia excesiva de las luminarias. 20. Convenio.- Acuerdo celebrado entre la Municipalidad y una persona natural, jurídica, institución u organización, mediante el cual se manifi esta la voluntad de desarrollar proyectos publicitarios de forma conjunta. 21. Edifi cación.- Obra de carácter permanente, cuyo destino es albergar actividades humanas. Comprende las instalaciones fi jas y complementarias y adscritas a ella. 22. Elemento de publicidad exterior .- Todo elemento publicitario conformado por mensajes o señales, a través de estructuras u objetos especiales que se colocan, instalan, adosan o adhieren en bienes de dominio público, privado o mobiliario urbano de modo tal que sean visibles. 23. Elemento Fijo .- Es el elemento de publicidad exterior que se encuentra ubicado en un bien de dominio privado, público o de servicio; y que por las características que presenta no puede ser desplazado. 24. Elemento Peligroso o Riesgoso.- Cualquier elemento que, por su permanencia, sus características físicas o de colocación, pongan en peligro la vida, la integridad física de las personas, representen un riesgo para éstas o sus bienes en cualquier circunstancia o que causen un deterioro al medio ambiente; así como aquellos que no cumplen con las especifi caciones técnicas y de seguridad establecidas en el Reglamento Nacional de Edifi caciones y demás normas técnicas. 25. Estudio mecánico de suelos.- Todo documento elaborado y suscrito por un ingeniero civil especializado en mecánica de suelos, mediante el cual se determina la resistencia del terreno, previo a la construcción y/o retiro de edifi caciones y soportes de los elementos de publicidad exterior. La misma que sirve como base para determinación del tipo de cimentación a usarse. 26. Fachada o paramento.- Pared exterior de una edifi cación, con vista frontal, lateral o posterior. 27. Faja de servidumbre.- Es la proyección sobre el suelo de la faja que ocupa los conductores eléctricos, seguida de la distancia de seguridad, según lo señalado en el Código Nacional de Electricidad, o la norma que lo sustituya. 28. Fotomontaje o posicionamiento virtual.- Es el arte o diseño gráfi co que resulta de combinar el diseño del aviso publicitario y la fotografía de la ubicación propuesta, simulando cómo se vería el aviso publicitario en la ubicación propuesta. 29. Marquesina.- Es la estructura o elemento arquitectónico que sobresale del límite de propiedad, cubriendo parte de la vía pública o que sin salir del límite de propiedad sobresale de la edifi cación. 30. Leyenda.- Es el texto, leyenda o forma de representación visual gráfi ca que utiliza una persona natural o jurídica, pública o privada, en ejercicio de una actividad determinada y legalmente reconocida, con la fi nalidad de divulgar, difundir, promocionar o identifi car marcas, denominaciones, actividades profesionales, servicios comerciales, mercantiles o industriales, bienes productos, derechos, obligaciones, expresiones religiosas y organizaciones sociales, instituciones privadas, públicas, gubernamentales e internacionales. Se incluyen en esta defi nición las denominaciones y razones sociales de carácter privado. 31. Memoria descriptiva.- Toda descripción del proyecto del elemento de publicidad exterior, que contiene: introducción, antecedentes, ubicación, especifi caciones técnicas, material predominante, número de caras, leyenda, descripción del entorno urbano, medidas de seguridad, tolerancias, mantenimiento, entre otros similares. El contenido de la memoria descriptiva está sujeto según el tipo de elemento de publicidad exterior. La misma que, es elaborada por un arquitecto y/o ingeniero civil. 32. Mobiliario Urbano.- Aquella estructura o elemento instalado en bienes de dominio público, destinado a prestar un determinado servicio a la comunidad, explotado directamente o por concesión, tales como: paraderos de transporte público, bancas, cabinas telefónicas, papeleras, buzones, servicios higiénicos, elementos de información horaria y/o de temperatura, postes de alumbrado público y telefonía y similares. 33. Ornato.- Conjunto de elementos arquitectónicos y artísticos que guardan armonía estética entre sí y dentro del espacio urbano, dándole realce, belleza e identidad. 34. Propietario o Titular del elemento publicitario .- La persona natural o jurídica titular del anuncio o aviso publicitario, a nombre de quien se ha emitido la autorización municipal de publicidad exterior. 35. Retiro Municipal.- Es la distancia mínima ofi cial que debe existir entre el límite de propiedad y el límite de la edifi cación de acuerdo a las normas de zonifi cación y a los parámetros urbanísticos vigentes. 36. Soporte o Estructura .- Elemento (bastidor, parante, placa, etc) sobre el cual se sostiene todo elemento de publicidad exterior. 37. Toldo .- Estructura o armazón recubierta de tela u otro material similar que se sostiene en los paramentos de los inmuebles, que vuela sobre vía pública o retiro municipal, y que puede o no incluir elementos de publicidad exterior. 38. Zona Monumental .- Zona delimitada en el Plano P-01-99-MML-IMP aprobado mediante Resolución Directoral Nacional N° 397/INC del 21 de mayo del 2001, incluye las áreas públicas y las edifi caciones privadas comprendidas dentro de la poligonal conformada por los jirones Tacna, Miguel Grau, Mariscal Cáceres y Ayacucho, incluyendo los primeros veinte metros de profundidad de las unidades inmobiliarias ubicadas al lado externo de las vías públicas mencionadas, así como un área de protección del entorno de la Iglesia Santiago Apóstol que se extiende cincuenta metros a partir de su límite posterior. Asimismo, se considera zona monumental a la casa y templo de la antigua hacienda San Juan Grande de Surco, la cual es declarada monumento mediante Resolución Suprema N° 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1,972 y pertenece a la zona monumental del distrito de Santiago de Surco, de acuerdo a la Resolución Jefatural N° 191-89-INC/J de fecha 26 de abril de 1,989. CAPÍTULO III CLASIFICACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 7.- CARACTERÍSTICAS FÍSICAS:1. Afi che, cartel o póster. - Son de naturaleza temporal o indeterminada, cuyo mensaje es impreso en una lámina de papel, vinil, cartón o material similar, que puede adherirse a una superfi cie. 2. Aviso Ecológico.- Es el elemento de publicidad exterior cuyo mensaje es elaborado con elementos orgánicos o inorgánicos en estado natural, implantados en áreas verdes, jardines, taludes, lomas o laderas de cerros. 3. Banderola . -Es de naturaleza temporal, cuya leyenda es impreso o adherido sobre una tela u otro material similar; la misma que se sujeta sus extremos o de algún otro elemento para su sostenimiento.