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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2024 (10/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de enero de 2024 El Peruano / del Estado Peruano y en el Portal Institucional de esta Entidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2247686-1 Ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e Incentivos por pronto pago del Ejercicio Fiscal 2024, en la Municipalidad Distrital de Santa Rosa ORDENANZA Nº 557/MDSR Santa Rosa, 21 de diciembre del 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 921-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 0176-2023-GAJ/MDSR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0130-2023-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 176-2023-GAT/MDSR de la Gerencia de Administración Tributaria; CONSIDERANDO: Que, los artículos 194º y 196º, numerales 2 y 3, de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos II, 40º y 69º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modi fi catorias, establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para administrar sus rentas, entre las que se encuentran los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley; Que, los artículos 3º, 6º y 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, prescriben que las Municipalidades perciben ingresos tributarios como el Impuesto Predial, así como por las contribuciones y tasas que determinen los concejos municipales, estando que las municipalidades podrán imponer, entre otras, las tasas por servicios públicos o arbitrios; Que, al respecto, el artículo 15º del precitado Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, establece que el impuesto predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta cuatro cuotas trimestrales, las cuales deberán pagarse el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al por Mayor (IPM), por lo que resulta necesario establecer el cronograma de pagos; Que, de acuerdo a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus normas modi fi catorias, los Gobiernos Locales, mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, lo que se condice con lo previsto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972 y el artículo 74º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante el Informe Nº 176-2023-GAT-MDSR, la Gerencia de Administración Tributaria, propone la Ordenanza que Establece las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e Incentivos por Pronto Pago del Ejercicio 2024 en la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; Que, con Informe Legal Nº 0176-2023-GAJ-MDSR, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente para la aprobación de la propuesta de ordenanza que establece fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales e incentivos por pronto pago del ejercicio fi scal 2024, en la Municipalidad Distrital de Santa Rosa; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad, y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES E INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO FISCAL 2024, EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA Artículo Primero.- OBJETO Y FINALIDAD Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales e Incentivos por pronto pago del Ejercicio Fiscal 2024, en la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Segundo.- FECHAS DE VENCIMIENTO Establézcase las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2024, de acuerdo al siguiente cronograma: CALENDARIO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DETALLEFECHA DE VENCIMIENTO Pago Anual 28 de Febrero del 2024 Pago Fraccionado (*)lPrimer Trimestre 28 de Febrero del 2024 Segundo Trimestre 31 de Mayo del 2024 Tercer Trimestre 31 de Agosto del 2024 Cuarto Trimestre 30 de Noviembre del 2024 (*) Reajustado a partir de la segunda cuota de acuerdo con la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Artículo Tercero.- INCENTIVOS PARA EL PAGO Los contribuyentes con carácter de personas naturales que tengan registrados en su Declaración Jurada de Autovalúo los predios destinados solo a los usos de casa - habitación, terrenos sin construir, que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el 31 de diciembre del 2023, y cancelen todas las cuotas trimestrales del ejercicio 2024, tendrán un descuento del veinte por ciento (20%) sobre el insoluto de los Arbitrios Municipales 2024. Artículo Cuarto.- De poseer el contribuyente varios predios, la evaluación del cumplimiento de las condiciones para la aplicación del descuento antes descrito, se realizará respecto de cada predio por separado. Artículo Quinto. - EXCEPCIONES No se encuentran comprendidos dentro de los bene fi cios de la presente, los contribuyentes que cuenten con los bene fi cios de inafectaciones, exoneraciones, fraccionamientos entre otros. Se encuentran también, dentro de las excepciones de la presente la deuda inmersa en un procedimiento de ejecución coactiva. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, hasta el 30 de Marzo del 2024. Segunda.- Deróguese toda norma y/o disposición legal que se oponga a la presente ordenanza. Tercera.- Facúltese al señor alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones