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23 NORMAS LEGALES Jueves 11 de enero de 2024 El Peruano / sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil establece que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, mediante Resolución Secretarial N° 033-2019- MEM/SG, y sus modi fi catorias, se aprobó el Manual de Perfi les de Puestos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Manual de Per fi les de Puestos del MINEM); Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 092-2019-SERVIR/PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 018-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Secretarial Nº 001-2014-MINEM/SG, se aprobó la Primera Actualización del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Ministerio de Energía y Minas, Anexo I: Sección A del Cuadro Nº 1 del Cuadro de Puestos del Ministerio de Energía y Minas, en el cual se considera en la posición (correlativo) Nº 0026, el puesto de Asesor(a) de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; Que, la O fi cina de Integridad Institucional en el Informe N° 001-2024/MINEM-SG-OII, señala que bajo los principios que rigen la integridad pública, no se advierten indicios que podrían con fi gurar con fl icto de intereses reales, respecto a la designación del señor Santos Eladio Saavedra Moncada en el puesto de Asesor(a) de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Informe N° 004-2024/MINEM-OGA- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos señala que el señor Santos Eladio Saavedra Moncada, cumple con el correspondiente per fi l del puesto de Asesor(a) de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, según el Manual de Per fi les de Puestos del MINEM y que dicho puesto se encuentra presupuestado; Que, mediante el Informe Nº 11-2024-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al acto resolutivo de designación del señor Santos Eladio Saavedra Moncada, en el puesto de confi anza de Asesor(a) de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas; Que, en el numeral j) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, es función del/de la Ministro(a) de Energía y Minas nombrar y/o remover a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; y, el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Santos Eladio Saavedra Moncada en el puesto de con fi anza de Asesor de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, bajo el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Artículo 2.- El vínculo del servidor designado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se rige según lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, sus reglamentos y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2251730-1 Designan Asesora de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 008-2024-MINEM/DM Lima, 10 de enero de 2024VISTOS: El Memorando N° 00011-2024/MINEM-SG de la Secretaría General; el Informe N° 002-2024/MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 004-2024/MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 13-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Ley N° 30705) se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 4 de Ley N° 30705 establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil (en adelante, Ley del Servicio Civil), establece un régimen laboral único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicio a cargo de éstas; Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil señala que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los siguientes grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de con fi anza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confi anza por parte de la persona que lo designó. Ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil establece que el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, mediante Resolución Secretarial N° 033-2019- MEM/SG, y sus modi fi catorias, se aprobó el Manual de Perfi les de Puestos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Manual de Per fi les de Puestos del MINEM); Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 092-2019-SERVIR/PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 018-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Ministerio de Energía y Minas;