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59 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2024 El Peruano / Órganos jurisdiccionales de emergencia (del 01 al 15 de febrero y del 16 de febrero al 02 de marzo de 2024): OOJJ DE EMERGENCIAMAGISTRADOS PERIODOOOJJ A CARGO EN ADICIÓN A FUNCIONES Juzgados Penales Colegiados Nacionales de emergenciaFernanda Isabel Ayasta Nassif (Pta) Lorena Paola Sandoval Huertas Giovanni Félix PalmaDel 01 al 15 de febrero de 2024 1° JPCN 2° JPCN3° JPCN4° JPCNGuillermo Martín Huamán Vargas (Pte) Víctor Alberto Romero Uriol Luis Alberto Del Carpio Narváez Del 16 de febrero al 02 de marzo de 2024 En el supuesto de presentarse algún caso en los Juzgados Penales Unipersonales Nacionales conocerá el juez especializado de menor antigüedad que integre el Juzgado Penal Colegiado Nacional de emergencia, hasta llegar a quien lo preside y así sucesivamente. Para los órganos jurisdiccionales del Código Procesal Penal de 2004 conocerán adicionalmente, a los trámites previstos en la especialidad penal (artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ) de toda medida limitativa o pedido urgente que prevé el Código Procesal Penal de 2004 y que es de uso frecuente en esta jurisdicción especializada: i. Intervención de las comunicaciones y telecomunicaciones ii. Interceptación e incautación postaliii. Aseguramiento e incautación de documentos privados iv. Levantamiento del secretario bancario y reserva tributaria v. Videovigilanciavi. Allanamientovii. Detención preliminar judicialviii. Prisión preventiva con detenidoix. Detención domiciliaria con detenidox. Impedimento de salida, retención por más de 4 horas -inciso 2 del artículo 209 del Código Procesal Penal-. xi. Congelamiento administrativo de fondos Los órganos jurisdiccionales del Código de Procedimientos Penales de 1940, conocerán adicionalmente los casos de requisitoriados puestos a disposición de la CSN. Tercero.- REQUERIR a la Administración de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, expida los récords vacacionales del personal jurisdiccional y administrativo, que cuenten con el récord laboral exigido; y en coordinación con la Administración del Módulo del CPP, determinen el personal que ejecutará sus vacaciones conforme a los ítems a) y b) del artículo primero de la presente resolución y que laborarán en los órganos jurisdiccionales de emergencia, a fi n de que expida el acto administrativo correspondiente. Cuarto.- DISPONER que los magistrados que gocen de sus vacaciones en el año 2024, no dejarán pendiente de emitir ponencia y/o fi rma de resoluciones, conforme a lo estipulado en el artículo décimo sexto de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. Quinto.- REQUERIR a la Administración del Módulo del CPP: a) Que, en los órganos jurisdiccionales de vacaciones la CSN, se designe a un técnico judicial o asistente judicial, a fi n que previo inventario y bajo responsabilidad, reciba y tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para que se dé tramite a asuntos previstos en el artículo segundo de la presente resolución, estableciendo que al vencimiento del periodo vacacional, el técnico judicial o asistente judicial aludido precedentemente deberá retomar, también bajo inventario, los procesos que recibió 5. b) Designe al personal mínimo necesario para el efi caz funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia en el periodo vacacional6. c) Informe acerca de lo dispuesto en el artículo quinto de la presente resolución, hasta el 05 de febrero de 2024, a efectos de comunicar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 7. Sexto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del CPP, de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, de los jueces de todas las instancias, de la O fi cina de Administración de la CSN, de la Administración del Módulo del CPP, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidente de la Corte Superior Nacionalde Justicia Penal Especializada 1 Conforme a lo estipulado en el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 2 Conforme a lo estipulado en el artículo octavo de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 3 Conforme a lo estipulado en el ítem b) del artículo quinto y en el artículo séptimo de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 4 Por cuanto es el juez con menor número de días pendientes de goce vacacional comparado con sus pares (jueces especializados). 5 Conforme a lo estipulado en el artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 6 Conforme a lo estipulado en el artículo décimo de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 7 Conforme a lo estipulado en el artículo décimo sexto de la Resolución Administrativa N° 000511-2023-CE-PJ. 2253121-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Modifican la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG que formalizó la creación de 3 Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado: Macrorregión de Control Norte, Macrorregión de Control Centro y Macrorregión de Control Sur RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 024-2024-CG Lima, 16 de enero de 2024VISTOS:El Memorando Nº 000048-2024-CG/GRECE, de la Gerencia de Recursos Estratégicos; los Memorandos Nº 000026-2024-CG/GMPL y Nº 000049-2024-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; el Proveído Nº 000077-2024-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja Informativa Nº 000032-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando Nº 000040-2024-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;