TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2024 El Peruano / 2024, en el cual se desarrollarán actividades académicas, cientí fi cas entre las universidades que conforman el grupo MACCARD. En tal sentido, solicita la autorización de viaje al país antes mencionado; y que mediante O fi cio N° 01283-2023-UNTRM/EPG/D, el director (e) de la Escuela de Posgrado, solicita al señor Rector, autorizar el viaje descrito en el párrafo anterior; emitiendo opinión favorable del Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales; Que el Consejo Universitario en sesión extraordinaria, de fecha 27 de diciembre de 2023, acordó autorizar el viaje al exterior del país, de una comisión de servicios de los representantes de la Universidad, para participar en el cierre del proyecto MACCARD N° 609562, en el marco del “Project Reference N° 609562-EPP-1-2019-1-IT-EPPKA2-CBHE-JP, Proyecto Erasmus+ Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible-MACCARD”, a llevarse a cabo en la Universidad del Azuay de la ciudad de Santa Ana de los Ríos de Cuenca de la República del Ecuador, por el periodo del 08 al 12 de enero de 2024; Que estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones que la Ley Universitaria N° 30220, el estatuto universitario y el reglamento de organización y funciones, le con fi eren al rector en calidad de Presidente el Consejo Universitario, y contando con los vistos buenos de la Dirección General de Administración, O fi cina de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, en comisión de servicios de los representantes de la Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza de Amazonas, para participar en el cierre del proyecto MACCARD N° 609562, en el marco del “Project Reference N° 609562-EPP-1-2019-1-IT-EPPKA2-CBHE-JP, Proyecto Erasmus+ Maestría en Cambio Climático, Agricultura y Desarrollo Rural Sostenible-MACCARD”, a llevarse a cabo en la Universidad del Azuay de la ciudad de Santa Ana de los Ríos de Cuenca de la República del Ecuador, por el periodo del 08 al 12 de enero de 2024, de acuerdo al siguiente detalle: N° NOMBRES Y APELLIDOS N° DNI CARGO 1 Dr. EFRAIN MANUELITO CASTRO ALAYO18204816 Director de la Escuela de Posgrado 2 Dr. POLITO MICHAEL HUAYAMA SOPLA42181150 Responsable del proyecto MACCARD 3 Msc. YURI REINA MARIN 09671063 Jefe de la O fi cina de Gestión de la Calidad 4 Mg. EINSTEIN SÁNCHEZ BARDALES46318177 Jefe de la Unidad de Calidad Académica y Acreditación Artículo Segundo.- FACULTAR a la Dirección General de Administración, realice los tramites de acuerdo a su competencia, en cumplimiento a lo regulado en la Ley N° 27619, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y en la Directiva N° 006-2023-UNTRM-DGA/UC; así como la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución a los estamentos internos de la universidad y a los interesados, de forma y modo de Ley para conocimiento y fi nes. Regístrese y comuníquese. JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Rector ROGER ÁNGELES SÁNCHEZ Secretario General 2250643-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Encargan el despacho de la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones RESOLUCIÓN N° 0004-2024-JNE Lima, dieciséis de enero de dos mil veinticuatroVISTOS: la Carta N° 00001-2024-SG/JNE, mediante la cual la señora abogada María Alexandra Marallano Muro solicita adelanto de vacaciones de manera excepcional y licencia, sin goce de haber, por motivos estrictamente personales y de salud, desde el 23 de enero hasta el 1 de febrero de 2024, y desde el 2 hasta el 6 de febrero de 2024, respectivamente; así como los Memorandos N° 000017-2024-P/JNE y N° 000055-2024-RRHH/JNE; y CONSIDERANDO QUE:A través del Memorando N° 000017-2024-P/JNE, el señor Presidente del Jurado Nacional de Elecciones estima que la solicitud de la señora secretaria general procede. Asimismo, con el Memorando N° 000055-2024- RRHH/JNE, el jefe de Recursos Humanos considera que la solicitud de adelanto de vacaciones del periodo 2023-2024 cumple con los requisitos señalados en el Decreto Legislativo N° 1405 1 y su Reglamento2. De conformidad con la normativa que regula el otorgamiento de licencias y el goce vacacional, este Supremo Tribunal Electoral estima procedente atender la solicitud de la secretaria general; por consiguiente, se debe disponer la correspondiente encargatura en tanto dure su ausencia. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE:1.- CONCEDER vacaciones, en vía excepcional, por el periodo del 23 de enero hasta el 1 de febrero de 2024 y licencia, sin goce de haber, desde el 2 hasta el 6 de febrero de 2024 a la señora abogada María Alexandra Marallano Muro, secretaria general del Jurado Nacional de Elecciones. 2.- ENCARGAR el despacho de la Secretaría General a la señora abogada Yessica Elisa Clavijo Chipoco, por el periodo comprendido desde el 23 de enero hasta el 6 de febrero de 2024, con retención de su cargo de origen, directora de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del Jurado Nacional de Elecciones. 3.- DISPONER que la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones realice las acciones administrativas que correspondan para materializar la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Publicado en el diario o fi cial El Peruano el 12 de setiembre de 2018. 2 Decreto Supremo N° 013-2019-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 5 de febrero de 2019. 2253578-1