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16 NORMAS LEGALES Martes 23 de enero de 2024 El Peruano / Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General del Ecuador en Lima, con jurisdicción en diversos departamentos y la Provincia Constitucional del Callao RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2024-RE Lima, 22 de enero de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 098-2022- RE, de 27 de julio de 2022, se reconoció al señor Pedro Gerardo Armijos Hidalgo, como Cónsul General del Ecuador en Lima, con jurisdicción en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martin, Tacna, Ucayali, y la Provincia Constitucional del Callao; y, se le extendió el Exequátur correspondiente; Que, el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, dispone que las funciones de un miembro de la o fi cina consular terminan, entre otros: i) por la noti fi cación del Estado que envía al Estado receptor de que se ha puesto término a esas funciones; ii) por la revocación del exequátur; y, iii) por la noti fi cación del Estado receptor al Estado que envía de que ha cesado de considerar a la persona de que se trate como miembro del personal consular; Que, mediante Nota Verbal N° 4-2-431/2023, de 28 de noviembre de 2023, la Embajada de la República del Ecuador en el Perú informó el término de funciones del señor Pedro Gerardo Armijos Hidalgo, como Cónsul General del Ecuador en Lima, a partir del 22 de noviembre de 2023; Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones especí fi cas, constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades; Que, mediante Memorándum (DGC) N° DGC02341/ 2023, de 22 de diciembre de 2023, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a la cancelación del Exequátur otorgado al señor Pedro Gerardo Armijos Hidalgo, quien fuera reconocido como Cónsul General de la República del Ecuador en Lima; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE:Artículo 1. Cancelación de Exequátur Se cancela el Exequátur que reconoce al señor Pedro Gerardo Armijos Hidalgo, como Cónsul General del Ecuador en Lima, con jurisdicción en los departamentos de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martin, Tacna, Ucayali, y la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2. Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2255068-1Nombran integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados como representante de la Universidad Ricardo Palma RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0019-2024-RE Lima, 10 de enero de 2024 CONSIDERANDO:Que, el artículo 38 del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2003-RE, señala que la calidad de miembro de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, representando al Colegio de Traductores del Perú, así como de los representantes de cada una de las universidades de la República donde se enseña la especialidad de Traducción, tiene una vigencia de dos (02) años de duración, no renovables sino transcurrido otro periodo similar; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 0109- 2021-RE, de 12 de marzo de 2021, se nombró como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados a la señora Rosa Elvira Luna García de Cetraro, en su calidad de representante de la Universidad Ricardo Palma, con e fi cacia anticipada, desde el 2 de febrero de 2021; Que, mediante los O fi cios RE (JTP) N° 2-8-B/55 y (JTP) N° 2-8-B/101, de 23 de marzo y 25 de mayo de 2023, respectivamente, la Presidencia de la Junta de Vigilancia de Traductores Públicos Juramentados solicitó a la Universidad Ricardo Palma la designación de un(a) docente licenciado(a) en Traducción de la Facultad de Humanidades y Lenguas Modernas de esa universidad, para que reemplace a la señora Rosa Elvira Luna García de Cetraro, como integrante de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, toda vez que su designación culminó el 2 de febrero de 2023; Que, la Universidad Ricardo Palma, mediante O fi cio N° 0217-2023-URP-R y N° 0251-2023-URP-R, de 25 de mayo y 21 de junio de 2023, respectivamente, hizo de conocimiento del Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, que el Consejo Universitario de la referida Universidad designó a la señora Flor Cecilia Lozano Espinoza, como representante de la Universidad Ricardo Palma ante la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, a partir del 3 de abril de 2023, dando por concluida la designación de la señora Rosa Elvira Luna García de Cetraro; Que, en virtud a lo dispuesto en los numerales 7.1 y 17.1 de los artículos 7 y 17, respectivamente, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros; Que, teniendo en cuenta lo señalado en el Memorándum (JTP) N° JTP00014/2023, de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, de 5 de julio de 2023, resulta necesario la designación de la nueva representante de la Universidad Ricardo Palma, de conformidad con lo señalado en el artículo 38 del Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2003-RE; Con la opinión favorable y visado de la O fi cina General de Asuntos Legales; De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Traductores Públicos Juramentados, aprobado por Decreto Supremo N° 126-2003-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2010-RE;