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24 NORMAS LEGALES Martes 23 de enero de 2024 El Peruano / GASTOS: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 203 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0148 : Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano PRODUCTO 3000842 : Sistema de Transporte Masivo Operativo y con Mantenimiento ACTIVIDAD 5005735 : Operación y Mantenimiento de las Actividades Ferroviarias Urbanas Concesionadas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 58 821 574,00 =========== TOTAL EGRESOS 58 821 574,00 =========== Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore la correspondiente “Nota para Modi fi cación Presupuestaria” que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Presentación de la Resolución Copia de la presente resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ AGUILAR REÁTEGUI Presidente Ejecutivo 2254972-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000037-2024-MIGRACIONES Breña, 22 de enero del 2024VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000505-2023-OAF- MIGRACIONES, de la O fi cina de Administración y Finanzas; los Informes Nº 001619-2023-UCT-MIGRACIONES y Nº001557-2023-UCT-MIGRACIONES, de la Unidad de Contabilidad y Tesorería de la O fi cina de Administración y Finanzas, el Memorando Nº 005632-2023-OPP-MIGRACIONES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00259-2023-UMGC- MIGRACIONES, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 000021-2024-OAJ-MIGRACIONES de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, el literal j) del artículo 33 de la Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, que aprueba el Texto Uni fi cado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, establece como función de la O fi cina de Administración y Finanzas dirigir y supervisar la ejecución de cobranza coactiva; Que, de acuerdo al numeral 70.2 del artículo 70 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, dispone que se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente noti fi cado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución fi rme con fi rmando la obligación. También serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del precitado Texto Único Ordenado, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba, mediante decreto supremo, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el decreto supremo sobre los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos que indica la norma antes citada, aún no ha sido expedido; no obstante, ello no implica que MIGRACIONES no pueda fi jar los gastos y costas procesales a aplicarse a la Entidad, la cual podría posteriormente adecuarse a los topes máximos de dictarse la respectiva norma, en el caso que corresponda y en el supuesto que se superen los topes; Que, por intermedio de los documentos de vistos, la Unidad de Contabilidad y Tesorería hace suyo el Informe Técnico de determinación de costos y gastos procesales para los procedimientos de ejecución coactiva de MIGRACIONES, en el cual se propone que se apruebe la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, la cual contiene nueve (09) costas procesales y un (01) concepto de gastos administrativos; Que, mediante los documentos de vistos, la O fi cina de Administración y Finanzas hace suyo el Informe Técnico de determinación de costos y gastos procesales para los procedimientos de ejecución coactiva de Migraciones y emite opinión favorable para aprobar la “Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES”; Que, por medio del Informe de vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para la aprobación de la nueva “Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES”, propuesta por la O fi cina de Administración y Finanzas en función a la metodología de costos contenida en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de