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25 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – Administración General, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 5: Gastos Corrientes y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 5.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 6.- Monitoreo El Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) realiza el monitoreo del cumplimiento de las metas físicas y fi nancieras de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, para lo cual se realiza la transferencia fi nanciera, considerando la información que estas envíen. El OTASS informa mensualmente al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento sobre dichas acciones, a través de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2256586-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Autorizan transferencia financiera para la designación de una Sociedad de Auditoría mediante Concurso Público de Méritos, para efectuar la Auditoría Financiera Gubernamental del Ejercicio Presupuestal 2023 RESOLUCIÓN N° 000006-2024-DP/SG Lima, 25 de enero del 2024 VISTOS: Los O fi cios N° 001013-2023-CG/GRECE y N° 001106-2023-CG/GRECE de la Contraloría General de la República; los Informes N° 000024-2024-DP/OGA-OCF, N° 000025-2024-DP/OGA-OCF y N° 000026-2024-DP/OGA-OCF de la O fi cina de Contabilidad y Finanzas; los Memorandos N° 000043-2024-DP/OGPM y N° 000048- 2024/DP/OGPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000017- 2024-DP/OGA de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 000020-2024-DP/OGAJ y el Informe Legal N° 000008-2024-DP/OGAJ-KFA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que las sociedades de auditoría, son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, para cuya fi nalidad, previa comunicación respectiva, las entidades del Gobierno Nacional deben realizar las transferencias fi nancieras para cubrir los gastos de la contratación correspondientes con cargo a su presupuesto institucional, bajo responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto, o las que hagan sus veces en el pliego; Que, el citado artículo precisa asimismo, que previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, las entidades aprueban las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del Pliego en caso del Gobierno Nacional, la que deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano; Que, por la Resolución de Contraloría N° 237-2021- CG, se aprobó el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, para que durante el Año Fiscal 2024, puedan realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que se efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, para cuya fi nalidad se les exceptúa de las restricciones previstas en el numeral 9.1 del artículo 9 de la citada ley; Que, en ese marco normativo, mediante los o fi cios de vistos, la Contraloría General de la República (CGR) comunica a la entidad que, en concordancia con la normativa citada en los considerandos precedentes, corresponde al Despacho Presidencial realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, con la fi nalidad de que sea incorporada en una convocatoria para un Concurso Público de Méritos para designar una sociedad de auditoría que se encargará de efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2023, detallando que el 100% de la retribución económica del periodo 2023, incluido el IGV, ascendía a S/ 54,374.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Trescientos Setenta y Cuatro con 00/100 Soles), monto que debe ser transferido hasta 10 días hábiles contados desde la recibida dicha comunicación y estableciéndose que excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, se podría realizar la transferencia del 50% de la retribución económica y que el saldo podría ser ejecutado con cargo al presupuesto del 2024 a ser cancelado como fecha máxima hasta el mes de enero de 2024; Que, conforme a lo autorizado por el Secretario General del Despacho Presidencial mediante Resolución N° 000084-2023-DP/SG, del 21 de diciembre de 2023, se realizó la transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica por concepto de designación de una Sociedad de Auditoría mediante Concurso Público de Méritos para efectuar la Auditoría Financiera Gubernamental periodo 2023, por la suma de S/ 27,187.00 (Veintisiete Mil Ciento Ochenta y Siete con 00/100 Soles), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades; Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución N° 000086-2023-DP/ SG, de fecha 28 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos e