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38 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / ejecutar la “Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga”, durante el año 2024 dirigida a las empresas y agencias de transporte de carga a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para cuyo efecto adjunta la Ficha Técnica y el Formulario a diligenciarse en la mencionada encuesta; Que, la “Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga” tiene como objetivo determinar el Índice 32 correspondiente correspondiente a Flete Terrestre, en ese sentido resulta pertinente autorizar su ejecución durante el año 2024, establecer el plazo para su entrega y, aprobar el Formulario a diligenciarse en la mencionada investigación estadística, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo Nº 043-2001- PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática aprobado por, y; Con la opinión técnica de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos; la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la ejecución de la “Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga”, durante el año 2024, para elaborar el Índice Uni fi cado de Flete Terrestre (código 32), dirigida a las empresas y agencias de transporte, en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2.- Aprobar, el formulario de la “Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga”, el mismo que forma parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante o fi cio remitirá el formulario a las empresas y agencias de transporte seleccionadas, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3.- Establecer, como plazo máximo para la entrega del formulario diligenciado con la información al último mes de cada trimestre, los primeros cinco días útiles de fi nalizado el trimestre. Artículo 4.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, serán pasibles de sanción conforme a lo dispuesto en los artículos 87, 89, 90 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe). Regístrese y comuníquese. DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2256263-6 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Aprueban bases para el proceso de selección meritocrático para la elección del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00001-2024-SENACE/CD Lima, 25 de enero de 2024VISTO: el Acta de Sesión Extraordinaria N° 045/2023 del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles -Senace, el Informe Nº 00014-2024-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, Ley), establece que el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, Senace) es un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, el literal d) del artículo 5 de la Ley establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo del Senace que tiene como función la de adoptar acuerdos referidos a los asuntos del Senace que se sometan a su consideración; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley señala que la designación del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace está sujeta a mecanismos objetivos que aseguren la idoneidad profesional y moral, la especialidad requerida para el ejercicio del cargo, y la inexistencia de incompatibilidades o con fl ictos de interés; siendo que los mecanismos de evaluación objetiva, el proceso de selección y la convocatoria serán aprobados por el Consejo Directivo; Que, el artículo 8 de la Ley, señala que el Consejo Directivo establece los requisitos para acceder al cargo de Presidente/a Ejecutivo/a del Senace; Que, el literal n) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM, establece como una de las funciones del Consejo Directivo, aprobar los mecanismos de evaluación objetiva y el proceso de convocatoria para la selección y nombramiento del/de la Jefe/a del Senace (actualmente, Presidente/a Ejecutivo/a); Que, en la Sesión Extraordinaria N° 045/2023, el Consejo Directivo del Senace acordó aprobar las bases para el proceso de selección meritocrático para la designación del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace y realizar la segunda convocatoria del proceso de selección; asimismo, acordó viabilizar la publicación de la Resolución del Consejo Directivo en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Senace, así como notifi car al comité especial del proceso de selección, para dar inicio a las etapas del mismo; Que, el literal h) del artículo 10 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Senace, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 007-2018-SENACE/CD, establece como una función del/de la Presidente/a del Consejo Directivo, emitir, cuando corresponda, las resoluciones en las cuales se materialicen u o fi cialicen los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General, de la Presidencia Ejecutiva; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles; el Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Senace, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 007-2018-SENACE/CD. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las bases para el proceso de selección meritocrático para la elección del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución del Consejo Directivo. Artículo 2.- Noti fi car al Comité Especial del proceso de selección meritocrático para la elección del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, para dar inicio a las etapas del mismo.