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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2024 (27/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / Artículo 3º.- DEJAR, sin efecto legal alguno la Resolución Presidencial N° 165-2023-UNAAA/P, de fecha 25 de abril del 2023. Artículo 4°.- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS. Los recursos de la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad a fi nes distintos para los cuales fueron autorizados. Artículo 5º.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS PARA EFECTIVIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA. La Dirección General de Administración instruye a quien corresponda, para que, en el marco de sus competencias, efectúe las acciones administrativas que correspondan, para efectivizar la transferencia autorizada en la presente resolución. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Secretaría General remitir copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República. Artículo 7º.- NOTIFICAR la presente resolución a los Miembros de la Comisión Organizadora, Dirección General de Administración y demás dependencias administrativas de la UNAAA, para conocimiento, cumplimiento y acciones pertinentes. Artículo 8º.- PUBLICAR, la presente resolución en el portal institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas: www.unaaa.edu.pe, y en el Diario Ofi cial El Peruano, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAMIAN MANAYAY SANCHEZ Presidente de la Comisión Organizadora 2240533-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA DE QUIVES Ordenanza que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles, recolección de residuos sólidos), parques y jardines y serenazgo para el ejercicio fiscal 2024 ORDENANZA MUNICIPAL N° 063-2023-MDSRQ Santa Rosa de Quives, 21 de noviembre de 2023EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES POR CUANTO: En Sesión de Extraordinaria de fecha 21 noviembre del 2023; en relación al segundo punto de la agenda: APROBACIÓN DE PROYECTO DE ORDENANZA E INFORME TÉCNICO: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES” CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 74 de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario y sus modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF determinan que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. En este contexto, el literal b) del artículo 60 de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Legislativo N° 776 precisa que para la supresión de tasas o contribuciones las Municipalidades no tienen ninguna limitación legal; Que, el Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Expediente 053-2004PI/TC, ha delimitado los requisitos de validez y vigencia de las Ordenanzas que aprueban los arbitrios Municipales en las jurisdicciones distritales, sentencia que es vinculante y de obligatorio cumplimiento para todas las municipalidades del país; Que, mediante Ordenanza N° 173/MPC de fecha 12 de octubre de 2017, “Ordenanza que aprueba el procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Distritales en el ámbito de la Provincia de Canta” en su artículo 6°. - De la Rati fi cación de Ordenanzas que reajustan montos de ejercicios anteriores. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 68-B de la Ley de Tributación Municipal, las Ordenanzas sobre arbitrios publicadas al 31 de diciembre de cada año, solo podrán ser rati fi cadas siempre que la Ordenanza anterior que aprobó los montos materia de reajuste, también haya sido rati fi cada. En este caso, los montos no deberán exceder el porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) fi jado por el Instituto Nacional de estadística e Informática (INEI). Que, el literal a) del artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece que las municipalidades podrán imponer tasas por servicios públicos o arbitrios, de fi niéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, el artículo 55 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio. El Patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley. Asimismo, el artículo 69 de la citada Ley señala en sus numerales 1) y 2) que son rentas municipales los tributos creados a su favor, y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios respectivamente. De otro lado el numeral 29) del artículo 9 de la misma norma señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, mediante Ordenanza Nº 044-2022-CM/MDSRQ, se aprobó la “Ordenanza Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana (Serenazgo) para el ejercicio 2023 la cual fue rati fi cada por Sesión Extraordinaria de Concejo N° 006-2022 de fecha 29 de diciembre de 2022 del Concejo Municipal Provincial de Canta. Que, con fecha 1 de noviembre de 2023, se publicó la Resolución Jefatural N° 289-2023-INEI mediante el cual aprueban Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, correspondientes al mes de octubre de 2023, siendo este 2.99%. Que con Informe Nº 066-2023-MDSRQ/GAT, de fecha 16 de noviembre del 2023 remitido por la Gerente de Administración Tributaria, quien remite el proyecto de ORDENANZA E INFORME TÉCNICO: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL MARCO NORMATIVO DEL RÉGIMEN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES”, Que, mediante Ordenanza N° 173/MPC de fecha 12 de octubre de 2017, se publicó la