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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 2024 (27/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 27 de enero de 2024 El Peruano / Que, mediante la Septuagésima Octava, de Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; establece la Creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, donde: 1.- Se autoriza al Pliego 022 Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico. Para este fi n se exonera al Pliego 022, de lo establecido en el artículo 68 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.-Durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de la Unidad Ejecutora antes descrita provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos y entidades del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, asimismo, mediante Ley N° 31358, “Ley que estable medidas para expansión del Control Concurrente” en el numeral 2.1 y 2.2, establecen: “ Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; 2.2. Los pliegos comprendidos en esta modalidad de control gubernamental habilitan el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la categoría del gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar. Que, de acuerdo con el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las transferencias fi nancieras son los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario, así mismo se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público; Que, mediante Resolución de Contraloría No. 237- 2021-CG del 04 de noviembre de 2021, se aprueba el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo. Que, mediante Resolución Presidencial N°165-2023- UNAAA/P, de fecha 24 de mayo del año 2023, se aprueba lo siguiente: Artículo 1°.- AUTORIZACIÓN LA TRANSFERENCIA FINANCIERA por el monto de S/ 253,598.00 (Doscientos cincuenta y tres mil quinientos noventa y ocho con 00/100 soles); correspondiendo a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, el monto de S/ 126,799, y a favor del Pliego 022: Ministerio Público (Autoridad Nacional de Control), el monto de S/ 126, 799.00 Artículo 2°.- FINANCIAMIENTO La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al presupuesto institucional del Pliego 557: Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas para el Año Fiscal 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:PLIEGO METACLASIFICADOR DE GASTOFF/RB MONTO S/ 019: Contraloría General de la Republica003624.23.14, a otras entidades públicas1/100 Recursos Ordinarios126,799.00 022: Ministerio Público003624.23.14, a otras entidades públicas1/100 Recursos Ordinarios126,799.00 TOTAL S/. 253,598.00 Que, mediante O fi cio N°01001-2023-UNAAA-DGA, de fecha 24 de mayo del año 2023, suscrito por el Econ. Erick Tomas Villanueva Cárdenas, Director General de Administración, solicita que se deje sin efecto la Resolución Presidencial N°165-2023-UNAAA/P, debido a que mediante el O fi cio N°1149-2023-ANC la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, solicita la transferencia, hasta por el monto de S/89,046.00 soles en cumplimiento a los dispuesto en la septuagésima octava Disposición Complementaria Final de la Ley N°31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, así como la décima disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N°31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año fi scal y en aplicación de los dispuesto por el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N°31358, Ley que establece medidas para el control concurrente, el Director General de Administración, autoriza que se trans fi era el monto de S/178,046.00 (ciento setenta y ocho mil cuarenta y seis con 00/100) correspondiente a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, el monto de S/. 89,046.00 (ochenta y nueve mil cuarenta y seis con 00/100) soles y a favor del pliego 022: Ministerio Público (Autoridad Nacional de Control), el monto de S/89,046.00 soles, conforme al siguiente detalle: PLIEGO META CLASIFICADOR DE GASTO FF/RB MONTO S/ 019: Contraloría General de la Republica003624.23.11, a otras unidades del gobierno nacional1-00 89,046.00 022: Ministerio Público003624.23.11, a otras unidades del gobierno nacional1-00 89,046.00 TOTAL S/. 178,092.00 Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y de conformidad con la Constitución Política del Perú, Ley N° 30220-Ley Universitaria, Ley N° 29649 del 10.01.2011, Resolución Viceministerial N° 219-2021-MINEDU, de fecha 11 de julio del 2021, publicada el 12 de julio del 2021, el estatuto y reglamento vigente. El presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas. RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR, LA TRANSFERENCIA FINANCIERA por el monto de S/178,046.00 (ciento setenta y ocho mil cuarenta y seis con 00/100); correspondiente a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, el monto de S/. 89,046.00 (ochenta y nueve mil cuarenta y seis con 00/100) soles y a favor del pliego 022: Ministerio Público (Autoridad Nacional de Control), el monto de S/89,046.00 soles Artículo 2°.- FINANCIAMIENTO La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, se realiza con cargo al presupuesto institucional del Pliego 557: Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas para el Año Fiscal 2023, de acuerdo con el siguiente detalle: PLIEGO META CLASIFICADOR DE GASTOFF/ RBMONTO S/ 019: Contraloría General de la Republica003624.23.11, a otras unidades del gobierno nacional1-00 89,046.00 022: Ministerio Público003624.23.11, a otras unidades del gobierno nacional1-00 89,046.00 TOTALS/ 178,092.00