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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (17/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / San Diego Health de los Estados Unidos de América, por el monto de USD$ 33 173.77 (TREINTA Y TRES MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 77/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES)”; Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 000002-2024-SALUPPOL/GG-DFPS-UGFCPS, se concluye que “Corresponde al SALUDPOL remitir a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP (DIRREHUM), la solicitud de la cobertura de pasajes, viáticos y la emisión de la Resolución Ministerial de autorización de salida al extranjero en favor del bene fi ciario SB PNP (r) Ángel David Rojas Flores, en caso corresponda, con una duración aproximada de estadía por quince (15) días calendarios, según el siguiente detalle: SALIDA: lunes 4 de marzo de 2024, con RETORNO: lunes 18 de marzo de 2024”; Que, mediante O fi cio N° 000007-2024-SALUDPOL/ GG, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, traslada a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el expediente administrativo del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (r) ANGEL DAVID ROJAS FLORES, para la continuidad del trámite pertinente para la autorización de viaje al exterior vinculado al desarrollo del tratamiento médico altamente especializado del referido señor en la UC San Diego Health; Que, se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (r) ANGEL DAVID ROJAS FLORES, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo indicado en el Ofi cio N° 0305-2024-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, del 24 de enero de 2024, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, a través del cual se adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000000109; Que, mediante el Informe N° 20-2024-SECEJE- DIRADM-DIVECO-PNP-DRyV, de la Jefatura del Departamento de Resoluciones y Viáticos de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (r) ANGEL DAVID ROJAS FLORES se le aplica el pago de viáticos por tratamiento médico en el extranjero, calculando la misma por un período de 15 días, que ascienden a US$ 6 600,00 (Seis Mil Seiscientos con 00/100 Dólares Americanos), en el marco de las disposiciones contenidas en la Directiva N° 12-24-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-B, aprobada mediante Resolución Directoral N° 452-2016-DIRGEN/EMG-PNP; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: (...) - Tratamiento Médico Altamente Especializado”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, mediante la Resolución de Gerencia General N° 212-2018-IN-SALUDPOL-GG, se aprueba la Directiva N° 07-2018-SALUDPOL/GG, Directiva que establece el procedimiento para el fi nanciamiento de prestaciones de salud en el extranjero para los bene fi ciarios del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, por ampliación de tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (r) ANGEL DAVID ROJAS FLORES, al Estado de California de los Estados Unidos de América, de conformidad con lo señalado en los considerandos precedentes; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; de acuerdo a la Resolución de Gerencia General N° 212-2018-IN-SALUDPOL-GG, que aprueba la Directiva N° 07-2018-SALUDPOL/GG, Directiva que establece el procedimiento para el fi nanciamiento de prestaciones de salud en el extranjero para los bene fi ciarios del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL; la Resolución Directoral N° 452-2016-DIRGEN/EMG-PNP, que aprueba la Directiva N° 12-24-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-B, Directiva para establecer normas y procedimientos para la autorización de viajes al exterior del personal de la Policía Nacional del Perú; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, por ampliación de tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro ANGEL DAVID ROJAS FLORES, del 4 al 18 de marzo de 2024, al Estado de California de los Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.