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60 NORMAS LEGALES Viernes 12 de julio de 2024 El Peruano / categoría de gasto 5: Gasto Corriente; y, genérica de gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2305885-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba las “Especificaciones técnicas mínimas para el uso de cascos de seguridad para conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos automotores menores sin cabina” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 019-2024-MTC/18 Lima, 5 de julio de 2024 VISTOS: El Informe N° 139-2024-MTC/18.04 de la Dirección de Seguridad Vial y el Memorando N° 0442- 2024-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley citada, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con facultad para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, el Decreto Supremo N° 033-2001-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Tránsito, tiene por objeto establecer las disposiciones que regulan el uso de las vías públicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de personas, vehículos y animales y a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el tránsito; Que, el numeral 105.1 del artículo 105 del Reglamento Nacional de Tránsito estipula que el conductor y acompañante de un vehículo automotor menor, no cabinado, deben usar casco de seguridad; Que, los numerales 5.1 y 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1216 establecen que los conductores y pasajeros de motocicletas utilizan cascos de seguridad conforme a las especi fi caciones técnicas previamente establecidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 022-2019-IN que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1216 establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal establece las especi fi caciones técnicas para el uso de los cascos de seguridad; asimismo, establece que la vigencia de la mencionada Resolución Directoral es acompañada de un plan de sensibilización para el uso de cascos de seguridad, a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Policía Nacional del Perú; Que, mediante el Decreto Supremo N° 009-2023- MTC, se aprueba la Política Nacional Multisectorial de Seguridad Vial 2023-2030, en la cual se establecen objetivos prioritarios, lineamientos, servicios y acciones estratégicas para reducir la siniestralidad vial y sus consecuencias; que incluyen entre otros, reducir los comportamientos que generan riesgo de afectación a la vida de las y los usuarios viales en la movilidad; Que, en el marco de su competencia y funciones previstas en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, la Dirección de Seguridad Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, eleva el Informe N° 139-2024-MTC/18.04, el cual sustenta y propone la aprobación de las “Especi fi caciones técnicas mínimas para el uso de cascos de seguridad para conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos automotores menores sin cabina”, el cual cuenta con la conformidad de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, emitida mediante Memorando N° 0442-2024-MTC/18.01, Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar las “Especi fi caciones técnicas mínimas para el uso de cascos de seguridad para conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos automotores menores sin cabina”, con la fi nalidad de contribuir al fortalecimiento de la seguridad vial, procurando la salvaguarda de la integridad de los conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos automotores menores sin cabina durante su desplazamiento en las vías terrestres; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el diario o fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, a efectos de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, conforme al numeral 6.2.5 de la Directiva Nº 010- 2018-MTC/01, Directiva que establece el procedimiento para realizar la publicación de proyectos normativos, aprobada por Resolución Ministerial Nº 977-2018-MTC/01, en el caso de los proyectos normativos de rango inferior a una Resolución Viceministerial o a una Resolución de Secretaria General, la aprobación de la difusión está a cargo de la dependencia del MTC proponente; Que, en consecuencia, es necesario disponer la publicación de las “Especi fi caciones técnicas mínimas para el uso de cascos de seguridad para conductores y acompañantes de motocicletas y otros vehículos automotores menores sin cabina”, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir los comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito aprobado por Decreto Supremo N° 016-2009-MTC; y, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;