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83 NORMAS LEGALES Domingo 14 de julio de 2024 El Peruano / Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA DECRETO DE ALCALDÍA N° 011 Lima, 11 de julio de 2024EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS: Los O fi cios N° D0000007-2024-SERPAR LIMA-GPPM (D.S. N° 2024-0070659) y N° D000011-2024-SERPAR LIMA-GPPM (D.S. N° 2024-0100297) de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Memorando N° D0001874-2023-SERPAR LIMA-GPPM de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los Informes N° D000110-2023-SERPAR LIMA-GAJ y N° D000056-2024-SERPAR LIMA-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de SERPAR, el Informe N° D00345-2024-MML-OGPF-OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, el Memorando N° D000366-2024-MML-OGPF de la Ofi cina General de Plani fi cación y Finanzas, el Informe N° D000745- 2024-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D001428-2024-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018- PCM se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante los Lineamientos), los que contienen principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado , buscando que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos, establece que, la propuesta del Manual de Operaciones (MOP) se sustenta en un informe técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, el cual justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y, en un informe legal elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces, que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas en el MOP, en tanto que, el numeral 55.2 del mismo artículo 55 señala que el Manual de Operaciones se aprueba por Decreto de Alcaldía, en el caso de los gobiernos locales ; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2021- PCM se incorporó la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final a los Lineamientos citados, el cual señala que aquellas entidades creadas antes de la entrada en vigencia de los Lineamientos, cuya ley de creación les asignó personería jurídica, pero que no han sido cali fi cadas como pliegos presupuestales, tal como lo dispone el numeral 30.2 del artículo 30, cali fi can desde el punto de vista organizacional, como órganos desconcentrados especiales y que su organización se formaliza en un Manual de Operaciones que aprueba la entidad bajo cuyo ámbito se encuentra; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP se aprobó el Lineamiento N° 02-2020-SGP, el cual establece que el MOP es un documento técnico, siendo el resultado de un diseño organizacional para de fi nir la estructura organizacional más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro de resultados, y normativo, pues constituye una norma de carácter público y de obligatorio cumplimiento, de gestión organizacional, pues es una guía administrativa sobre cómo se han asignado las funciones y responsabilidades al interior de la organización desconcentrada. Asimismo, señala que el MOP en el caso de un programa, proyecto especial, órgano desconcentrado u académico, bajo el ámbito de un gobierno local se aprueba por Decreto de Alcaldía ; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Servicio de Parques de Lima - SERPAR, mediante el Memorando N° D001874-2023-SERPAR-LIMA- GPPM del 23 de diciembre del 2023 y el Informe N° D00100-2023-SERPAR-LIMA-SGPM del 9 de septiembre de 2023, de la Subgerencia de Planeamiento y Modernización sustenta técnicamente la elaboración del MOP e indica que la estructura orgánica de SERPAR se reducirá a siete órganos y unidades orgánicas. Así también, señala que existe la necesidad de organizarse en función a una mayor especialización y que responda con mayor e fi cacia y efi ciencia a la mayor carga administrativa y volumen de operaciones generados en la entidad como consecuencia de mayores procesos, actividades y tareas, derivadas de sus funciones sustantivas y de la responsabilidad funcional de la gestión actual del SERPAR LIMA; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica del SERPAR, mediante Informes N° 000110-2023- SERPAR-LIMA-GAJ del 27 de diciembre de 2023 y N° D00056-2024-SERPAR LIMA-GAJ del 30 de mayo de 2024, emite opinión legal favorable, haciendo suyo los Informes N° D000105-2023-SERPAR-LIMA-SGALA y N° D00065-2024-SERPAR LIMA-SGALA de la Subgerencia de Asuntos Legales Administrativos, que sustenta la aprobación del MOP y valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del SERPAR, mediante O fi cios N° D000007-2024-SERPAR-LIMA-GPPM del 5 de abril de 2024 y N° D000011-2024-SERPAR-LIMA-GPPM del 17 de mayo de 2024, remite el proyecto de Manual de Operaciones - MOP, validado por el Consejo Directivo de SERPAR LIMA mediante Acuerdo N° 001-2024 de Consejo Directivo en Sesión Ordinaria N° 001-2024 del 17 de enero de 2024. Asimismo, indica que la aprobación del citado proyecto conllevará a dejar sin efecto el actual Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado con Ordenanza N° 1955, en virtud de que éste último requiere ser adecuado al marco normativo vigente, remitiendo para dicho efecto el informe técnico y legal antes citados; Que, la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas mediante Memorando N° D000366-2024-MML-OGPF del 24 de mayo de 2024, remite el Informe N° D000345-2024-MML-OGPF- OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación Modernización y Gestión Financiera, por el cual concluye que la propuesta de Manual de Operaciones cumple con las disposiciones establecidas por los Lineamientos de Organización del Estado y los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP; Que, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos mediante Informe N° D000745-2024-MML-OGAJ del 14 de junio de 2024, hace suyo el Informe N° D000078-2024-MML-OGAJ-OAC de la O fi cina de Asuntos Corporativos, por el cual concluye, entre otros, que resulta viable que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe el Manual de Operaciones – MOP del Servicios de Parques de Lima - SERPAR LIMA, conforme a lo propuesto por la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero . - Aprobar el Manual de Operaciones (MOP) del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, constituido por tres (3) títulos, seis (6) capítulos, sesenta y ocho (68) artículos y un (1) anexo, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo . - Dejar sin efecto toda disposición contraria a las disposiciones contenidas en el Manual de Operaciones – MOP, aprobado en el Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía.