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80 NORMAS LEGALES Domingo 14 de julio de 2024 El Peruano / que fortalece la transparencia y el control en los convenios de administración de recursos con organizaciones internacionales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 381-2015-EF, emitió opinión favorable a la propuesta de convenio, a suscribirse entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Organización Internacional para las Migraciones - OIM; Que, mediante Memorando Nº D00219-2024-MML- OGPF la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas remite el Informe Nº D00058-2024-MML-OGF-OP del 30 de abril de 2024 de la O fi cina de Presupuesto, por el que emite opinión favorable para la suscripción de convenio respecto de los recursos a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que entregará a la OIM, conforme a lo acordado en la propuesta de convenio; Que, mediante Carta Nº 252-2024-OIM del 24 de junio de 2024, la Organización Internacional para las Migraciones remite su respuesta para la suscripción de convenio de administración de recursos, para la ejecución del componente: expediente técnico del proyecto denominado “Ampliación del servicio de movilidad urbana en la prolongación Vía Expresa Paseo de la República tramo Av. República de Panamá – Panamericana Sur en los distritos de Barranco, Santiago de Surco y distrito de San Juan de Mira fl ores de la provincia de Lima del departamento de Lima”, con CUI Nº 2619080; Que, la O fi cina General de Administración, mediante Informe Nº D000095-2024-MML-OGA del 25 de junio de 2024, señala que la propuesta de convenio de administración de recursos con la Organización Internacional para las Migraciones – OIM cuenta con el respaldo unánime de las instancias pertinentes, al recibir opiniones favorables tanto de la Municipalidad Metropolitana de Lima como del Ministerio de Economía y Finanzas, lo que con fi rma la viabilidad y el respaldo técnico y fi nanciero para llevar a cabo los proyectos de inversión en infraestructura vial propuestos, cumpliendo de esta forma con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 381-2015-EF, que aprobó el “Reglamento que establece lineamientos y requisitos para solicitar la opinión del Ministerio de Economía y Finanzas en virtud de la Ley Nº 30356”, en relación a los siguientes proyectos de inversión; Que, el convenio propuesto tiene por objeto regular los alcances para la administración de recursos a cargo del Organismo Internacional para las Migraciones (OIM), para los proyectos de infraestructura y el cierre de brechas económicas, sociales y culturales en Lima Metropolitana y los distritos de la jurisdicción, debiendo dicha entidad: i) ejecutar los procesos de selección y adjudicación para la implementación de los proyectos y, ii) realizar la administración de recursos durante la selección y adjudicación y el proceso de ejecución de los contratos resultantes en el marco de los proyectos. El convenio tendrá un plazo de duración de 4 años, contados desde la fecha de su suscripción; Que, la OIM, en el marco del convenio a suscribir, estará a cargo de la administración de recursos para la ejecución del componente: expediente técnico, del siguiente proyecto de inversión: Nº CUIDENOMINACIÓN DEL PROYECTOCOMPONENTEMONTO DE INVERSIÓN ESTIMADO 1 2619080AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN LA PROLONGACIÓN VÍA EXPRESA PASEO DE LA REPUBLICA TRAMO AV. REPÚBLICA DE PANAMÁ – PANAMERICANA SUR EN LOS DISTRITOS DE BARRANCO, SANTIAGO DE SURCO Y DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES DE LA PROVINCIA DE LIMA DEL DEPARTAMENTO DE LIMAEXPEDIENTE TÉCNICOS/ 15,200,000.00 Que, asimismo, a continuación se detalla los recursos asignados a favor de la OIM por la administración de recursos, por lo cual el monto total del convenio asciende a S/ 15’428,000.00 (quince millones cuatrocientos veintiocho mil con 00/100 soles);Tarifa de servicio de procesos de selección (0.4% del valor referencial)S/ 60,800.00 Tarifa de servicios de ejecución de los proyectos (1.1% del valor referencial)S/ 167,200.00 Tarifa total (Service Fee) S/ 228,000.00 MONTO TOTAL DEL CONVENIO S/ 15’428,000.00 Que, mediante Informe Nº D000774-2024-MML-OGAJ del 25 de junio de 2024, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye que resulta viable aprobar la celebración del convenio propuesto, máxime si se cuenta con la opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas. Asimismo, resulta viable aprobar la transferencia fi nanciera a favor del mencionado organismo internacional; Estando a lo señalado en las considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen Nº 084-2024-MML/CMAEO, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen Nº 102-2024-MML/CMAL y por la Comisión Metropolitana de Cooperación y Relaciones Internacionales a través del Dictamen Nº 007-2024-MML/CMCRI; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la celebración del “Convenio de Administración de Recursos para Proyectos de Infraestructura y el Cierre de Brechas Económicas, Sociales y Culturales en Lima Metropolitana y los Distritos de la Jurisdicción”, entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y Organización Internacional para las Migraciones - OIM Artículo Segundo.- APROBAR la transferencia fi nanciera a favor de la Organización Internacional para las Migraciones – OIM, por el importe de S/ 15’428,000.00 (quince millones cuatrocientos veintiocho mil con 00/100 soles) para la ejecución del componente: expediente técnico, del proyecto de inversión detallado en los considerandos del presente acuerdo, incluidas las tarifas de servicio a cargo de la OIM. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos – EMAPE S.A., realizar las coordinaciones de las actividades y las acciones administrativas que correspondan, en la ejecución del referido convenio. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2306347-1 Modifican el Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales, Junta de Delegados Comunales y Representantes Vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local - CODEL DECRETO DE ALCALDÍA N° 010 Lima, 11 de julio de 2024EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS; los Informes N° D000658-2024-MML-GDH- SPVV y N° D000779-2024-MML-GDH-SPVV de la