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68 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / Mery Luz Masco Arriola, Vicerrectora de Investigación, de la Universidad Nacional José María Arguedas; Que, mediante Ley Nº 28626, se faculta a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; modi fi cada con Resoluciones Nº 1256 y 1634-2013-ANR; Que, con la Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD, se aprobó la simpli fi cación de los procedimientos administrativos contenidos en el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos y la implementación del procedimiento de emisión de constancias en línea; Que, conforme al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, aprobado con Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2015-DUNEDU/CD, en su artículo 14, señala lo siguiente: “La emisión del duplicado del diploma por parte de la universidad, institución o escuela de educación superior genera, previa la anulación de la inscripción primigenia. La solicitud de anulación de la inscripción en el Registro y la posterior solicitud de inscripción de los datos que se consignen en el duplicado del diploma es responsabilidad de la universidad, institución o escuela de educación superior otorgante, debiendo motivar y garantizar la veracidad de la información y documentación a ser inscrita ante la Sunedu. (…)”; Que, mediante FUT con registro Nº 147-2024, de fecha 20 de febrero de 2024, la señorita Alicia Quispe Vargas, identi fi cada con DNI Nº 70663695, solicita a la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas, la emisión de duplicado del grado académico de Bachiller, por motivo de pérdida; para lo cual adjunta los requisitos correspondientes; Que, mediante Carta Nº 090-2024-UNAJMA-EPIS, de fecha 21 de febrero de 2024, la Dra. Norma Lorena Catacora Flores, en su condición de directora de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas, remite al decano de la Facultad de Ingeniería, M.Sc. Thomas Ancco Vizcarra, la solicitud de duplicado de diploma de grado académico bachiller, presentado por la señorita Quispe Vargas Alicia; Que, mediante Carta Nº 0161-2024-UNAJMA-DFI, de fecha 23 de febrero de 2024, el M.Sc. Thomas Ancco Vizcarra, en su condición de decano de la Facultad de Ingeniería, remite a la vicerrectora académica de la UNAJMA, Dra. Cecilia Edith García Rivas Plata, la “solicitud presentada por la Srta. QUISPE VARGAS ALICIA, quien mani fi esta haber perdido su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ingeniería de Sistemas otorgado por la Universidad Nacional José María Arguedas y requiere el duplicado de su diploma; al respecto se remite a su despacho la solicitud para el trámite correspondiente”; Que, mediante Carta Nº 014-2024-UGYT-UNAJMA, de fecha 28 de febrero de 2024, la Mg. Marilú Gutiérrez Ramírez, especialista en Grados y Títulos, remite al secretario general de la UNAJMA, Abog. Rodney Veliz Montesinos, el expediente de duplicado de diploma de grado académico de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, para la anulación del diploma primigenio y la expedición del duplicado correspondiente, aprobado en Consejo Universitario a favor de Quispe Vargas Alicia, quien cumple con las exigencias solicitadas; Que, por Acuerdo Nº 02-2024-CU-UNAJMA, de fecha 22 de abril de 2024 de la Novena Sesión Ordinaria, el Consejo Universitario de la UNAJMA por UNANIMIDAD APROBÓ anular el diploma NºUNAJMA00000988 (extraviado) de la bachiller en Ingeniería de Sistemas, registrado en el libro de bachilleres de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de la UNAJMA, tomo I-B-EPIS, registro Nº 00273, folio Nº 273, que corresponde a Alicia Quispe Vargas, identi fi cada con DNI Nº 70663695. Asimismo, APROBÓ expedir el duplicado de diploma del grado académico de bachiller en Ingeniería de Sistemas de la Universidad Nacional José María Arguedas a doña Alicia Quispe Vargas, identi fi cada con DNI Nº 70663695, para que se le reconozca como tal; Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y autonomía universitaria que le con fi ere el artículo 18 de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al rector de la Universidad Nacional José María Arguedas, en calidad de presidente del Consejo Universitario; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ANULAR el diploma NºUNAJMA00000988 (extraviado) de la bachiller en Ingeniería de Sistemas, registrado en el libro de bachilleres de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas de la UNAJMA, tomo I-B-EPIS, registro Nº 00273, folio Nº 273, que corresponde a ALICIA QUISPE VARGAS, identi fi cada con DNI Nº 70663695. Artículo Segundo.- EXPEDIR el duplicado de diploma del grado académico de bachiller en Ingeniería de Sistemas de la Universidad Nacional José María Arguedas a doña ALICIA QUISPE VARGAS, identi fi cada con DNI Nº 70663695, para que se le reconozca como tal. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Vicerrectorado Académico, Facultad de Ingeniería, Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas, Secretaría General y Unidad de Grados y Títulos de la Universidad Nacional José María Arguedas, adopten las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución y registro correspondiente. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2289592-1 Ratifican resolución que autoriza viaje de Decano de la Facultad de Ciencias Contables de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a Bolivia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RECTORADO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 008033-2024-R/UNMSM Lima, 4 de junio del 2024 Visto el Expediente Digital con Registro de Mesa de Partes General N° F1120-20240000242 de la Facultad de Ciencias Contables, sobre Viaje al Exterior en Comisión de Servicios y Encargatura. CONSIDERANDO:Que por Resolución Rectoral N° 001816-2022- R/UNMSM de 21 de febrero de 2022, se aprobó la DIRECTIVA N° 0001-DGA-2022 - DIRECTIVA PARA LA AUTORIZACIÓN DE VIAJES EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL EXTERIOR Y EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS;