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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (05/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / Que el artículo 11º de la mencionada Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº28175 - Ley Marco del Empleo Público, señala que el cargo de confi anza es de libre designación y remoción; Que el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº31953 - Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021), cuyas actualizaciones correspondientes al año 2022 fueron formalizadas con Resolución Secretarial Nº000148-2022/SGEN/RENIEC (30DIC2022) y las correspondientes al año 2023 fueron formalizadas con Resolución Secretarial Nº000133-2023/SGEN/RENIEC (29DIC2023), se ha considerado el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que el cargo señalado en el párrafo anterior se encuentra debidamente fi nanciado en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado con Resolución Secretarial Nº000046-2024/SGEN/RENIEC (30ABR2024); Que a través del Memorando de vistos, la Secretaría General requiere designar a la profesional responsable de conducir la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, previa evaluación de la Ofi cina de Potencial Humano; Que mediante el Informe de vistos, la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano informa que la señora ELISA ANABEL RODRIGUEZ ARRIOLA, profesional propuesta para ocupar el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cumple con los requisitos mínimos para el cargo, señalados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del RENIEC, aprobado con Resolución Secretarial Nº000057-2022/SGEN/RENIEC (17JUN2022) y sus modi fi catorias; Que en consecuencia, resulta pertinente la designación de la señora ELISA ANABEL RODRIGUEZ ARRIOLA, profesional propuesta para ocupar el cargo de confi anza de Jefa de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de confi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del RENIEC; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº26497 - Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024); y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº014-2012-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 06 de junio de 2024, a la señora ELISA ANABEL RODRIGUEZ ARRIOLA, en el cargo de Jefa de la Unidad de Logística de la O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de con fi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2295140-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban la eliminación de 28 Procedimientos Administrativos del TUPA de la Dirección Regional de Salud y 42 Procedimientos Administrativos del TUPA de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Ica DECRETO REGIONAL Nº 002-2023-GORE-ICA/GR Ica, 5 de octubre de 2023 DECRETO REGIONAL QUE APRUEBA LA ELIMINACIÓN DE 28 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL TUPA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD Y 42 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO DEL TUPA DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA EL GOBERNADOR REGIONAL DE ICAVISTO: El Informe N° 069-2023-GORE.ICA-GRPPAT/SMGE de fecha 11 de agosto de 2023 de la Subgerencia de Modernización de la Gestión, el Memorando Nº 843-2023-GORE.ICA/GRPPAT de fecha 05 de setiembre de 2023, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y el Informe Legal N° 348-2023-GRAJ de fecha 19 de setiembre del 2023 de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal con jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a Ley; el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c) que, son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley N° 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión Pública, estableció un Proceso de Modernización de la Gestión Pública, lo cual declaró