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48 NORMAS LEGALES Jueves 13 de junio de 2024 El Peruano / Pesqueras y Acuícolas del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES)” así como su exposición de motivos, en la sede digital del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (https://www.gob.pe/sanipes) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Plazo Otórguese un plazo de treinta (30) días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir opiniones, comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general respecto del proyecto de norma de carácter general señalado en el artículo precedente. Artículo 3. Mecanismo de participación Recíbase las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que hace referencia el artículo 1 de la presente resolución en el domicilio del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES sito en la Calle Amador Merino Reyna Nº 267, piso 12, San Isidro, Lima, o a través de la dirección electrónica: normativa.dsnpa@sanipes.gob.pe. Artículo 4. Consolidación Encárguese a la Dirección de Normatividad de SANIPES el procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten dentro del plazo señalado en el artículo 2. Regístrese, comuníquese y publíquese. MÓNICA PATRICIA SAAVEDRA CHUMBE Presidenta Ejecutiva 2297280-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Formalizan la aprobación de la modificación de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD, “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE” RESOLUCIÓN N° D000094-2024-OSCE-PRE Jesús María, 12 de junio del 2024 VISTOS: El Informe N° D000140-2024-OSCE-SGFS de la Subdirección de Gestión Funcional del SEACE; el Informe N° D000295-2024-OSCE-SCGU de la Subdirección de Catalogación y Gestión de Usuarios; los Memorandos N° D000281-2024-OSCE-DSEACE y N° D000471-2024- OSCE-DSEACE de la Dirección del SEACE; el Informe N° D000025-2024-OSCE-DTN y los Memorandos N° 000202-2024-OSCE-DTN y N° D000142-2024-OSCE- DTN de la Dirección Técnico Normativa; los Informes N° D000216-2024-OSCE-OAJ y N° D00233-2024-OSCE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y el Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 004-2024/OSCE-CD del Consejo Directivo del OSCE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y sus modi fi catorias establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el artículo 54 de la citada Ley prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, de conformidad con el artículo 8 y el literal h) del artículo 9 del Reglamento Interno del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, cuya aprobación se formalizo mediante Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo a través de Resolución cuando así se disponga en el acta; Que, mediante Resolución N° 029-2020-OSCE/PRE, de fecha 13 de febrero de 2020, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado-SEACE”; la cual, fue modi fi cada mediante Resoluciones N° 101-2020-OSCE/PRE, N° D000003-2022-OSCE-PRE, N° D0000023-2023-OSCE-PRE y N° D000099-2023- OSCE-PRE; Que, a través de los Memorandos N° D000281- 2024-OSCE-DSEACE y N° D000471-2024-OSCE-DSEACE, la Dirección del SEACE presenta el Informe N° D000140-2024-OSCE-SGFS de la Subdirección de Gestión Funcional del SEACE y el Informe N° D000295-2024-OSCE-SCGU de la Subdirección de Catalogación y Gestión de Usuarios, que sustentan la propuesta de modi fi cación de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD, “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”; Que, mediante documentos de Vistos, la Dirección Técnico Normativa remite la propuesta de modi fi cación de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD, “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”, y sus respectivos sustentos, a fi n continuar con el trámite para su aprobación por el Consejo Directivo del OSCE; Que, mediante documentos de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta de modi fi cación por la Dirección del SEACE, se encuentra dentro del marco legal vigente, por lo que resulta viable su aprobación por el Consejo Directivo del OSCE; Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo N° 001-004-2024-OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 004-2024/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó por unanimidad aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD, “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”, asimismo, dispuso su formalización mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva y que su entrada en vigencia sea a los cinco (5) días hábiles de publicada la referida Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con las visaciones de la Secretaria General, Director del SEACE, de la Directora de la Dirección Técnica Normativa, y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y el Reglamento Interno del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, cuya aprobación se formalizo con Resolución N° D000249-2023-OSCE-PRE;