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24 NORMAS LEGALES Sábado 29 de junio de 2024 El Peruano / Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, por el monto total de S/ 252 198 204,00 (Doscientos cincuenta y dos millones ciento noventa y ocho mil doscientos cuatro y 00/100 Soles); Que, con Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control (en adelante, la Ley Nº 30742 ), se han establecido normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental; y de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, para efectos del fi nanciamiento de la incorporación progresiva de los órganos de control institucional de las entidades de los gobiernos nacional, regionales y locales a la Contraloría General de la República, de modo excepcional autoriza la realización excepcional de transferencias fi nancieras hasta por el monto devengado en la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación; así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los referidos órganos de control institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación de las entidades de los gobiernos nacional, regionales y locales, a favor de la Contraloría General de la República; Que, en relación a la autorización de las transferencias fi nancieras de las entidades del gobierno nacional a la Contraloría General de la República, la norma citada en el considerando precedente establece que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud del mencionado ente rector del Sistema Nacional de Control, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto; correspondiendo además ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30742, dispone que durante el proceso de incorporación progresiva establecido en la tercera disposición complementaria fi nal de la norma acotada, las entidades de los tres niveles del gobierno, con cargo a sus respectivos presupuestos institucionales, mantienen vigente la estructura orgánica, funciones, obligaciones, la asignación de personal y recursos logísticos necesarios para garantizar el normal desempeño de las funciones de los servidores de los órganos de control institucional de la entidad, en particular lo referido a medios informáticos, mobiliario, entre otros; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 349- 2023-CG, se aprobó la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL, Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República (en adelante, la Directiva ); Que, el Numeral 7.1.4 de la Directiva se encuentra establecida la etapa 4 de transferencias fi nancieras, en la cual indica que las entidades ejecutan la transferencia fi nanciera de acuerdo al monto identi fi cado por la Contraloría General de la República, dentro de los 15 días calendarios contados a partir de la recepción por parte del Titular de la Entidad del o fi cio de solicitud de transferencia, y considerando lo señalado en el Numeral 7.2 de la Directiva; Que, por Resolución de Contraloría Nº 422-2023-CG, se dispuso aprobar el inicio del proceso de incorporación a la Contraloría General de la República de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional de las entidades priorizadas que se detallan en el Anexo que forma parte de la referida resolución, en la que se incluye al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, con O fi cio Nº 000816-2024-CG/SGE, el Secretario General de la Contraloría General de la República solicita al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), por el monto de de S/ 662 510,00 (Seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez y 00/100 Soles), de acuerdo a lo indicado en el Numeral 7.1.4 de la Directiva; Que, mediante el Informe Nº 000156-2024-OEFA/ OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto señala que en el marco del proceso de incorporación progresiva de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República dispuesto en la Ley Nº 30742, presupuestalmente resulta viable la transferencia fi nanciera por la suma total de S/.662.510,00 (Seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Directamente Recaudados” , en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y Especi fi ca de Gasto 2.4.1 3.1 1 “A otras unidades del Gobierno Nacional” ; Que, a través del Informe Nº 00174-2024-OEFA/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable sobre la autorización de la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 662 510,00 (Seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez y 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General; toda vez que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal; y, al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en la Ley Nº 30742, en la Directiva, así como, en la Ley Nº 31953; Que, el Artículo 15º y Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; teniendo entre sus funciones, las de ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación legal del OEFA, así como emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, en ese sentido, corresponde a la Presidencia del Consejo Directivo emitir el acto de administración a través del cual se autorice la transferencia fi nanciera por la suma total de S/ 662 510,00 (Seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez y 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento “Recursos Directamente Recaudados” , a favor del Pliego: 019 Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General); Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catoria; en la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la Ley Nº 31953, Ley de presupuesto del sector público para el año fi scal 2024; en la Resolución de Contraloría Nº 349-2023-CG, que aprueba la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL, Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, por la suma total de S/ 662 510,00 (Seiscientos sesenta y dos mil quinientos diez y 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, y en el marco de Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la contraloría general de la república y del sistema nacional de control.