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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2024 (07/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos ha cumplido con realizar el compendio y sistematización del expediente del CPE del OSINFOR, por lo que resulta legalmente viable continuar con su procedimiento de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR; Que, por medio del Memorando N° 000068-2024-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 05-2024-CD, el referido Consejo Directivo aprobó el CPE del OSINFOR; Que, mediante Hoja Informativa N° 000024-2024-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza la aprobación del CPE del OSINFOR; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, y modi fi catorias; la Directiva N° 003-2021-SERVIR- GDSRH, Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000070-2021-SERVIR-PE; y, la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, adoptado en la Sesión N° 005-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR, que en Cuadro N° 1 forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Declarar iniciado el proceso de implementación del régimen del Servicio Civil del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR, de conformidad con el numeral 9.1 de la Directiva N° 001-2024- SERVIR-GDSRH, “Lineamientos para la implementación del régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las entidades públicas”, aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000015-2024-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y del Cuadro N° 1, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Disponer que el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR publique en su sede digital la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y el Cuadro N° 1, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ISABEL PARI MORALES Presidenta Ejecutiva Consejo Directivo 2267687-1Aprueban modificación y rectifican error material contenido en el Anexo 02 denominado “Dotación de los Servidores Públicos de Alto Rendimiento a ser contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) regulado por el Decreto Ley N° 25650, en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Priorizados, en el marco de la Ley N° 31912” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000037-2024-SERVIR-PE Lima, 5 de marzo de 2024 VISTOS: Los Informes N° 000008-2024-SERVIR- GPGP-MLQ y N° 000009-2024-SERVIR-GPGP-MLQ, así como los Memorando N° 000089-2024-SERVIR-GDGP y N° 000128-2024-SERVIR-GDGP de la Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública; el Informe Técnico N° 000348-2024-SERVIR-GPGSC de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil; y, el Informe Legal 000105-2024-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1023 se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1023, dispone que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades públicas en la gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modi fi catorias, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas; entre ellos, el subsistema de gestión del empleo, que incorpora el conjunto de políticas y prácticas de personal destinadas a gestionar los fl ujos de servidores en el referido sistema, desde su incorporación hasta su desvinculación; Que, el Decreto de Urgencia N° 002-2023, aprobó medidas extraordinarias y urgentes, en materia económica y fi nanciera, para impulsar la reactivación económica en el ámbito sectorial, regional y familiar a través de la inversión pública y gasto corriente; entre las cuales, se encuentran los artículos 3 y 4 referidos al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos-SAGRH; Que, la Ley N° 31912, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica, la respuesta ante la emergencia y el peligro inminente por la ocurrencia del fenómeno El Niño para el año 2023 y dicta otras medidas; estableció entre otros, en los artículos 60 y 61, disposiciones referidas al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos-SAGRH; Que, el numeral 61.1 del artículo 61 de la referida Ley N° 31912, autoriza, a partir del año 2024, la contratación de servidores públicos de alto rendimiento en los gobiernos regionales y los gobiernos locales priorizados, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) establecido por el Decreto Ley 25650; asimismo, el numeral 61.2 del citado artículo, precisa que dichos contratos se suscriben previa opinión favorable de SERVIR, respecto a la veri fi cación del cumplimiento del per fi l, asimismo se dispone que se encuentran sujetos a evaluación periódica de acuerdo con lo que disponga SERVIR, lo que