Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2024 (07/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar con e fi cacia anticipada al 01 de febrero de 2024, al/a la profesional encargado/a de las funciones de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Gerencia de Comunicación Corporativa, como funcionario/a responsable, en la sede central, de entregar la información de acceso público, a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS. Artículo 2.- Designar a los Gerentes Regionales de Control, dentro del ámbito de sus competencias, como funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, a que se re fi ere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. Artículo 3.- Los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República deberán, bajo responsabilidad, facilitar la documentación e información solicitada por los funcionarios responsables de atender las solicitudes de acceso a la información pública, dentro de los plazos señalados en la normativa de la materia. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 272-2023-CG. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2267622-1 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 146-2024-CG Lima, 6 de marzo de 2024 VISTOS:La Hoja Informativa N° 000010-2024-CG/GCOC, de la Gerencia de Comunicación Corporativa; el Proveído N° 000540-2024-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja Informativa N° 000257-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° 000281-2024-CG/ GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado (TUO) fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021- 2019-JUS, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5 del TUO de la Ley Nº 27806 dispone que la entidad pública debe identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet;Que, el literal c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y sus modi fi catorias, dispone que es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; asimismo, el artículo 4 del citado Reglamento señala que esta designación se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 27806 señala que el funcionario responsable del Portal de Transparencia se encuentra obligado a elaborar el Portal, en caso la entidad no cuente con él, en coordinación con las unidades orgánicas u órganos correspondientes; recabar la información a ser difundida en el Portal de acuerdo con lo establecido en los artículos 5 y 25 de la Ley N° 27806; y, mantener actualizada la información contenida en el Portal conforme a las reglas sobre la materia, señalando en aquel, la fecha de la última actualización; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 274- 2023-CG, se designó con e fi cacia anticipada al 15 de junio de 2023, al/ a la Gerente de Comunicación Corporativa como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 431- 2023-CG, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de diciembre de 2023, vigente desde el 03 de enero de 2024, se modi fi có la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG; incorporándose la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública a la Gerencia de Comunicación Corporativa, como la encargada de atender las solicitudes de acceso a la información Pública, quejas, reclamos y gestionar el cumplimiento de la implementación del libro de reclamaciones institucional, conforme a lo señalado en el artículo 100-A del citado documento de gestión; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 049- 2024-CG, de 31 de enero de 2024, se encargaron las funciones de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Gerencia de Comunicación Corporativa, de la Contraloría General de la República; Que, mediante Hoja Informativa N° 000010-2024- CG/GCOC, la Gerencia de Comunicación Corporativa propone designar como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República al profesional encargado de las funciones de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en virtud a la modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, efectuada mediante Resolución de Contraloría N° 431-2023-CG; Que, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; disposición que también es aplicable para los actos de administración interna, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 de la norma antes mencionada; Que, de acuerdo con las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000281-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000257-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que designa al responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar de la Contraloría General de la República, conforme ha sido sustentado por la Gerencia