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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2024 (07/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Jueves 7 de marzo de 2024 El Peruano / x) Publicación cientí fi ca: Es la práctica más extendida para compartir los resultados de la investigación cientí fi ca 28. Una publicación cientí fi ca puede ser primaria, cuando se presentan resultados de una investigación que no han sido reportados previamente (original), o secundaria, cuando se analizan explícitamente publicaciones cientí fi cas primarias. 5 y) Retractación: Es un mecanismo para corregir una publicación cientí fi ca y alertar a los lectores esta contiene datos o resultados no son con fi ables o que ha resultado de incurrir en una mala conducta cientí fi ca.29 z) Revisión por pares externos: También llamado arbitraje, “ peer review ” o revisión de pares, es el proceso por el cual los manuscritos de artículos, proyectos de I+D, libros, capítulos de libros y presentaciones en conferencias escritos por investigadores son evaluados en cuanto a su calidad, factibilidad y rigurosidad cientí fi ca por otros expertos en el mismo campo que no forman parte del cuerpo editorial ni de la institución que edita la publicación. La evaluación implica una valoración crítica, independiente, sin con fl icto de intereses y sin sesgos del manuscrito. 30, 31, 32 aa) Venta de autoría: Es una mala conducta cientí fi ca que consiste en la venta de la posición de autora o coautora en un artículo cientí fi co por parte de una persona que no ha participado en la investigación sobre la que el artículo informa. 33 Complementariamente, se aplican las de fi niciones que se establecen en la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y sus modi fi catorias, o la norma que la reemplace. CAPÍTULO II INTEGRIDAD CIENTÍFICA 6. Principios de la integridad cientí fi ca La integridad cientí fi ca se aplica en todas las fases de la actividad cientí fi ca: formulación, proposición y realización de la investigación cientí fi ca, la publicación y comunicación de resultados, la interacción entre los investigadores y la mentoría. Todas las fases de la actividad cientí fi ca deben conducirse sobre la base de los siguientes principios 34, 35: a) Honestidad , actuando de buena fe al proponer, desarrollar, reportar, revisar y comunicar la investigación cientí fi ca. b) Rigurosidad , asegurando la calidad y precisión del diseño, metodología y comunicación de los resultados de la investigación cientí fi ca. c) Imparcialidad , siguiendo criterios estrictamente académicos y objetivos en todas las fases de la investigación cientí fi ca y revisión por pares externos. d) Transparencia , comunicando toda aquella información que salvaguarde la con fi anza de la comunidad, salvo aquella información protegida, y declarando con fl ictos de interés existentes o potenciales. e) Respeto , teniendo consideración hacia los colegas, los participantes en la investigación cientí fi ca, la sociedad, los ecosistemas, el patrimonio cultural y el ambiente. f) Responsabilidad, asumiendo los actos y decisiones tomados en todas las fases de la actividad cientí fi ca, incluyendo la publicación y mentoría. 7. Buenas prácticas en la actividad cientí fi ca En toda actividad cientí fi ca es imprescindible que los investigadores y los grupos de investigación tengan en cuenta las siguientes buenas prácticas: a) Recopilar, analizar, procesar y generar datos y resultados de la investigación cientí fi ca de manera objetiva y sin in fl uencia de intereses personales, económicos, fi nancieros, políticos, institucionales o de otra índole.b) Facilitar el libre fl ujo de datos e información cientí fi ca y tecnológica para mantener una comunicación abierta, respetando los acuerdos de propiedad intelectual. c) Actuar con honestidad al difundir los resultados de su investigación cientí fi ca al público en general, a los medios de comunicación tradicionales y redes sociales. d) Evaluar o revisar las propuestas de proyectos de I+D o publicaciones cientí fi cas con rigurosidad, imparcialidad y transparencia, declarando posibles confl ictos de interés. e) Comunicar la mala conducta cientí fi ca a las autoridades correspondientes sobre cualquier sospecha fundada de fabricación, falsi fi cación, plagio u otras prácticas irregulares sea tanto de un investigador o de la institución de investigación en CTI. f) Cooperar con el programa o entidad de subvención o fi nanciamiento con opiniones y evaluaciones en asuntos de su área cientí fi ca o afín cuando le sea requerido, respetando los plazos establecidos, excepto en circunstancias de con fl icto de interés, caso fortuito o de fuerza mayor. g) Proporcionar supervisión apropiada en conducta responsable e integridad cientí fi ca a los estudiantes de pregrado y posgrado, egresados, investigadores posdoctorados, docentes e investigadores, que se encuentren bajo su responsabilidad. h) Contemplar en sus planes de trabajo la participación de quienes tiene bajo su supervisión en actividades de educación, formación y orientación en temas de integridad cientí fi ca. i) Proporcionar apoyo, capacitación y formación cientí fi ca a quienes tiene bajo su supervisión, considerando sus propias competencias, tiempo adecuado y demás condiciones necesarias para desarrollar la mentoría. j) Difundir entre aquellos que tiene bajo su supervisión el reglamento de propiedad intelectual de la institución de investigación en CTI. 8. Obligaciones del investigador y grupo de investigación en la realización de actividades cientí fi cas 8.1. Presentación de proyectos de I+D ante programas o entidades de subvención o fi nanciamiento En la presentación de proyectos de I+D ante programas o entidades que ejecuten subvenciones o fi nanciamientos, se debe: a) Explicar y sustentar con honestidad, rigurosidad e imparcialidad la originalidad, importancia y viabilidad del proyecto de I+D que presenta, así como citar y referenciar correctamente las fuentes usadas para la elaboración del proyecto de I+D. b) Recurrir a los procedimientos que considere cientí fi ca o técnicamente más adecuados para alcanzar los resultados esperados, teniendo en cuenta las normas establecidas y los protocolos apropiados para el desarrollo de la investigación cientí fi ca. c) Declarar con honestidad la existencia de cualquier posible con fl icto de interés que pueda afectar el desarrollo de la investigación cientí fi ca y la credibilidad de los resultados. d) Abstenerse de presentar un proyecto de I+D en caso identifique un conflicto de interés que afecte la rigurosidad e imparcialidad de la investigación científica. 8.2. Desarrollo de proyectos de I+DDurante el desarrollo de un proyecto de I+D se tienen las siguientes obligaciones: a) Cumplir con los protocolos y la normativa vigentes respecto a los sujetos de la investigación cientí fi ca de la siguiente manera: i. Seres humanos: Asegurar que las investigaciones cientí fi cas que involucren muestras biológicas o cualquier otro dato procedente de seres humanos cuenten con la carta de aprobación o de exoneración