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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2024 (15/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00071-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 00344-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de con fi anza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante resolución ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, ha previsto respecto a los directivos públicos de nivel nacional de unidades orgánicas de línea y de administración interna de ministerio, el cumplimiento de requisitos mínimos relacionados a formación académica, experiencia general y especí fi ca; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0374-2021-DE; y, actualizado con Resoluciones Directorales N° 00027-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH, y N° 00053-2023-MINDEF/VRD-DGRRHH, el cargo de Director/a de Sistema Administrativo I de la Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa, se encuentra considerado como cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar al profesional que desempeñará el mismo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; así como en la Directiva General N° 011-2019-MINDEF/VRD/ DGRRHH “Directiva General que regula la designación y remoción de empleados/as en cargos de con fi anza y directivos/as superiores de libre designación y remoción del Ministerio de Defensa”, aprobada por Resolución Ministerial N° 0702-2019-DE/SG. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 15 de marzo de 2024, al señor Hugo Neptalí Labán Elera en el cargo de Director de la Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Administración del Ministerio de Defensa - Director de Sistema Administrativo I. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2270707-1DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban la Zonificación Forestal del departamento de Ucayali RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0046-2024-MIDAGRI-DM Lima, 12 de marzo de 2024 VISTOS: El O fi cio Nº D000118-2024-MIDAGRI-SERFOR-DE del Director Ejecutivo del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Técnico N° D000048-2024- MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO de la Dirección de Catastro, Zoni fi cación y Ordenamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR; y el Informe N° 0203-2024-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), prescribe que el MIDAGRI ejerce competencia, entre otros, en materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería, recursos forestales y su aprovechamiento sostenible, fl ora y fauna silvestre, sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividades agrarias; Que, el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, como Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y establece que es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre; y se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, el artículo 25 de la citada Ley, dispone que, por la zoni fi cación forestal se delimitan obligatoria, técnica y participativamente las tierras forestales. Los resultados de la zoni fi cación forestal de fi nen las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre y se aplican con carácter obligatorio, siendo sustento del ordenamiento forestal, el cual es parte del ordenamiento territorial; Que, asimismo, el artículo 26 de la referida Ley, prescribe que, la zoni fi cación forestal constituye un proceso obligatorio técnico y participativo de delimitación de tierras forestales, que se realiza en el marco del enfoque ecosistémico y siguiendo la normativa sobre la zonifi cación ecológico-económica, en lo que corresponda, considerando los procesos en marcha, los instrumentos de plani fi cación y gestión territorial regional con los que se cuente y respetando los usos y costumbres tradicionales de las tierras comunales, conforme a la Constitución Política del Perú y la ley; Que, el artículo 33 de la citada Ley, modi fi cado por la Ley Nº 31973, establece que, la zoni fi cación forestal es aprobada mediante resolución ministerial del MIDAGRI, a propuesta del SERFOR en base al expediente técnico elaborado por el Gobierno Regional y con opinión previa del Ministerio del Ambiente-MINAM; Que, al amparo del artículo 27 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, el SERFOR a través de Resolución de Dirección Ejecutiva N° 168-2016-SERFOR- DE aprobó la Guía Metodológica de Zoni fi cación Forestal con el objetivo de orientar el desarrollo de los procesos de zoni fi cación forestal a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de zoni fi cación forestal, generando un proceso dinámico, fl exible, concertado, bajo los principios aplicables a la gestión