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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2024 (15/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Viernes 15 de marzo de 2024 El Peruano / endosar y cobrar cheques en general, lo que incluye la emisión de cheques sobre los saldos acreedores, emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depósitos y/o retiros, abrir, desdoblar y/o cancelar certi fi cados a plazo, cobrarlos, endosarlos y retirarlos, hacer retiros de fondos y pagos a terceros, cobrar sumas de dinero; y, en general, efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objetivo para el cual fueron designados. 15. Excepcionalmente, y con la fi nalidad de cumplir adecuadamente el encargo de administración temporal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Genesis en disolución en tanto que el Poder Judicial se pronuncia sobre la demanda que se presente, de corresponder, podrán ejercer las atribuciones enunciadas en el artículo 37 del Reglamento de Regímenes Especiales. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 1 A excepción de los artículos 7 y 8, y de las disposiciones complementarias fi nales tercera, cuarta y sétima, los cuales entraron en vigencia al día siguiente de su publicación, realizada el 19.07.2018. 2 La constatación del cierre de la o fi cina principal contó también con la presencia de Notario Público, la señora Rodzana Negrón Peralta, el día 04.03.2024; y con presencia policial, el día 11.03.2024. 2269958-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen publicar Concesiones Mineras cuyos Títulos fueron otorgados por la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional Lambayeque, durante los meses de junio 2023, diciembre 2023 y febrero 2024 RESOLUCIÓN GERENCIAL EJECUTIVA N° 000037-2024-GR.LAMB/GEEM [515264527 - 1] Chiclayo, 1 de marzo de 2024 VISTO:El Informe N° 034-2024-GR. LAMB/GEEM-INA de fecha 29 de febrero de 2024, sobre la publicación de concesiones mineras cuyos Títulos fueron otorgados durante el mes de junio 2023, diciembre 2023 y febrero 2024; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2008- MEM/DM de fecha 11 de enero del 2008, declaran que el Gobierno Regional Lambayeque, ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario O fi cial “El Peruano” la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior. De conformidad con las atribuciones establecidas con el artículo 59 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 009-2011-GR. LAMB/CR y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Único. - PUBLÍQUESE en el Diario O fi cial “El Peruano” las Concesiones Mineras cuyos Títulos fueron otorgados por la Gerencia Ejecutiva de Energía y Minas del Gobierno Regional Lambayeque, durante el mes de junio 2023, diciembre 2023 y febrero 2024. RELACIÓN DE 20 CONCESIONES MINERAS OTORGADAS NOMENCLATURA: NOMBRE DE LA CONCESIÓN B) CÓDIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCIÓN GERENCIAL EJECUTIVA; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM WGS84 DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS y G) DERECHOS MINEROS A RESPETAR NOMBRE y CÓDIGO. 1.- AIROTVIC MINING I B) 640001619, C) CARLOS ENRIQUE CASTRO ROJAS, D) 178-2023-GR.LAMB/ GEEM, 07 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N9236000 E652000, V2: N9235000 E652000, V3: N9235000 E651000, V4: N9236000 E651000; G) APAESTEGUI II, 030011610; CANTERA CASTRO I, 030008509. 2.- RUMI SUNQU B) 640002119, C) RUBBER PLASTIC S.A., D) 180-2023-GR.LAMB/GEEM, 11 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N9236000 E677000, V2: N9235000 E677000, V3: N9235000 E676000, V4: N9231000 E676000, V5: N9231000 E675000, V6: N9236000 E675000; G) No tiene derechos por respetar. 3.- ARCILLAS SIPAN B) 640001021, C) WALTER NOLE VÁSQUEZ, D) 179-2023- GR.LAMB/GEEM, 07 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N9248000 E656000, V2: N9247000 E656000, V3: N9247000 E655000, V4: N9248000 E655000; G) No tiene derechos por respetar. 4.- MINERA EL PROGRESO I B) 640002221, C) SMRL EL PROGRESO I, D) 054-2023-GR.LAMB/GEEM, 15 JUNIO 2023; E) 17; F) V1: N 9242000 E 646000, V2: N 9241000 E 646000, V3: N 9241000 E645000, V4: N9242000 E 645000; G) No tiene derechos por respetar. 5.- MINERA E L AVE FENIX B) 640000722, C) MIRIAN AROSEMENA ARRASCO, D) 183-2023-GR. LAMB/GEEM, 11 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N 9250000 E 658000, V2: N 9248000 E 658000, V3: N 9248000 E 657000, V4: N 9249000 E 657000, V5: N 9249000 E 656000, V6: N 9250000 E 656000; G) No tiene derechos por respetar. 6.- CANTERA CABEZA DE LEON B) 640002420, C) GRUPO ALPES CONSTRUCTORES & CONSULTORES S.A.C., D) 184-2023-GR. LAMB/GEEM, 12 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N 9277000 E 643000, V2: N 9276000 E 643000, V3: N 9276000 E 642000, V4: N 9277000 E 642000; G) No tiene derechos por respetar. 7.- PACHERREZ UNO 2020 B) 640003420, C) JORGE GUILLERMO BARBA FERNANDEZ, D) 181- 2023-GR. LAMB/GEEM, 11 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N 9249000 E 669000, V2: N 9248000 E 669000, V3: N 9248000 E 667000, V4: N 9249000 E 667000; G) No tiene derechos por respetar. 8.- CANTERA FERSAN , B) 640000622, C) ROSA CARMEN MIRANDA PASTOR, D) 182-2023-GR.LAMB/GEEM, 11 DICIEMBRE 2023; E) 17; F) V1: N 9241000 E 670000, V2: N 9239000 E 670000, V3: N 9239000 E 669000, V4: N 9241000 E 669000; G) No tiene derechos por respetar. 9.- DIANA 2020, B) 640002220, C) GONZALO GUILLERMO MATOS ROJAS, D) 029-2024-GR.LAMB/ GEEM, 27 FEBRERO 2024; E) 17; F) V1: N 9242000 E 672000, V2: N 9241000 E 672000, V3: N 9241000 E 669000, V4: N 9239000 E 669000, V5: N 9239000 E 668000, V6: N 9242000 E 668000; G) No tiene derechos por respetar.