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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2024 (28/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / 015-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la recti fi cación del error material incurrido en el artículo primero de la Ordenanza N° 2588, publicada el 29 de diciembre de 2023 en el diario ofi cial El Peruano, de acuerdo con lo siguiente: DICE:“Artículo Primero.- Aprobar el Planeamiento Integral con fi nes de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, para el predio constituido por el Lote 213 (610.95 ha.) (…) ” DEBE DECIR:“Artículo Primero.- Aprobar el Planeamiento Integral con fi nes de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, para el predio constituido por el Lote 213 (33.70 ha.) (…)” Artículo Segundo . - Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 14 de marzo de 2024.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2274130-1 Ordenanza que modifica la Ordenanza N° 1782, que regula las Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima ORDENANZA Nº 2608 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Participación Vecinal, Mujer e Igualdad en su Dictamen N° 02-2024-MML/CMPVMI, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA N° 1782 Artículo 1.- Modifíquese el artículo 56 de la Ordenanza N° 1782, que regula las Juntas Vecinales Comunales, la Junta de Delegados Comunales y el Consejo de Desarrollo Local del Cercado de Lima; el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 56.- Del Órgano electoral. La elección de los representantes y miembros del Consejo de Desarrollo Local (CODEL), la Junta de Delegados Comunales y las Juntas Vecinales Comunales es realizado por un órgano electoral denominado Comité Electoral Central (CEC), constituyéndose en la máxima autoridad en todo proceso electoral, conformado por: 56.1 Subgerente de Participación Vecinal y Voluntariado, en calidad de presidente. 56.2 Responsable del Registro Único de Organizaciones Sociales - RUOS, en calidad de secretario. 56.3 Responsable de juventud, en calidad de vocal. Son miembros suplentes del Comité Electoral Central: 1. Subgerente de Bienestar y Promoción Social e Inclusión. 2. Subgerente de Educación, Deportes, Juventud y Recreación 3. Subgerente de la Mujer y Familia El Comité Electoral Central (CEC) cuenta con órganos desconcentrados en el Cercado de Lima que se denominan: Comité Electoral Desconcentrado (CED). Estos órganos funcionan en la circunscripción de cada zona del Cercado de Lima como primera instancia en todas las funciones establecidas para el CEC. Están conformados por tres miembros y son designados por el CEC, de entre de los funcionarios o trabajadores de la respectiva casa vecinal o subgerencia.” DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera .- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Segunda.- Encárguese a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Prorróguese, por única vez, la vigencia de los representantes vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local – CODEL, periodo 2021 a 2023, hasta la elección de los nuevos representantes ante el CODEL, la misma que quedará sin efecto, de pleno derecho, una vez juramentados los nuevos representantes. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 14 de marzo de 2024. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2274131-1 Ordenanza que ratifica la preeminencia de la normativa metropolitana en los asuntos municipales conforme a su régimen especial metropolitano ORDENANZA N° 2610 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANO DE LIMA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, el numeral 2 del artículo 157, así como el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y