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85 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el acápite VII. Cronograma, del plan de implementación, y el numeral 7. Duración y cronograma, del plan de capacitación, que como Anexos 1 y 2, respectivamente, forman parte de la Resolución de Contraloría N° 434-2023-CG; de acuerdo con los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Gerencia de Tecnologías de la Información, o la que haga sus veces, en coordinación con los órganos y/o unidades orgánicas involucradas, realice las modi fi caciones posteriores que resulten necesarias, al plan de implementación y al plan de capacitación que como Anexos 1 y 2, respectivamente, forman parte de la Resolución de Contraloría N° 434- 2023-CG, modi fi cados por el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar subsistentes los demás artículos de la Resolución de Contraloría N° 434-2023-CG. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez ésta con sus anexos en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2274347-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a favor de la Contraloría General de la República UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0066-2024-UNTELS-R Villa El Salvador, 18 de marzo de 2024 VISTO: El Proveído N° 00409-2024-UNTELS-R, de fecha 14 de marzo de 2024, mediante el cual la Rectora de la UNTELS, dispone: AUTORIZAR la transferencia fi nanciera, con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 543: Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur por la suma de S/ 60, 334.00 (Sesenta Mil Trescientos Treinta y Cuatro con 00/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, especí fi ca de gasto 2.4.1 3.1 1 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco del proceso de incorporación progresiva del Órgano de Control Institucional (OCI) a la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 30742, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001 fue creada la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima y mediante la Ley Nº 30184, de fecha 6 de mayo de 2014, pasó a denominarse Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur;Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU- UNTELS, de fecha 02 de mayo de 2023, el Comité Electoral Universitario de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres-Vicerrectora Académica y Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo-Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; asimismo, el artículo 60° establece que: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”; (…)”; Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, se autoriza las transferencias fi nancieras para el fi nanciamiento de la Contraloría General de la República con la fi nalidad de incorporar a los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; Que, en relación de lo anterior, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N°31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el año fi scal 2024, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 355- 2023-CG se aprueba el inicio del proceso de incorporación a la Contraloría General de la República de ciento dos (102) Órganos de Control Institucional de las entidades priorizadas, entre ellas la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur (Código 5528), las cuales deben ejecutar las acciones necesarias vinculadas con el proceso de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, así como, garantizar el normal desempeño de los citados órganos; Que, asimismo, con Resolución de Contraloría N° 349- 2023-CG se aprueba la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República” que, establece las disposiciones para el proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República en el marco de la Ley N° 30742,Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, y Ley N° 31358,Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Que, conforme al numeral 7.1.4 “Etapa 4. Transferencias Financieras” de la citada Directiva, se establece que la entidad emite la autorización de la transferencia fi nanciera según corresponda, siendo que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se debe realizar mediante resolución del titular del pliego; debiendo la entidad gestionar la publicación de la autorización de la transferencia en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio N° 000129-2024-CG/SGE, del 22 de febrero de 2024, la Contraloría General de la República hace de conocimiento a la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur que la CGR en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría N° 355-2023-CG aprobó el inicio del Proceso de Incorporación de ciento dos (102) Órganos de Control Institucional a la Contraloría, entre los cuales se encuentra la UNTELS, en tal sentido vienen desarrollando las etapas del proceso de incorporación en el marco de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la CGR, aprobado con Resolución de Contraloría N° 349-