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94 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / Gobierno Regional La Libertad, señala que el mismo servirá, indudablemente, para estudiar la posibilidad de introducir nuevas tecnologías de sistemas de cámaras de videovigilancia y reconocimiento facial en bases de datos computarizadas a fi n de aplicar estos instrumentos en la lucha contra la inseguridad ciudadana que asola nuestra Región y la aplicación de otros instrumentos de ayuda a la población basados en la Inteligencia Arti fi cial; Que, en Sesión Extraordinaria Mixta de fecha 22 de marzo de 2024, se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional el pedido del Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad, Ing. Cesar Acuña Peralta, el mismo que luego de su debate fue estimado favorable y pertinente dicha participación; siendo aprobado por mayoría, conforme conste del acta de su propósito; Que, estando a lo acordado, el Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; artículos 15° y 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº27867 y sus modi fi catorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR, en Sesión Extraordinaria Mixta de fecha viernes 22 de marzo de 2024; con dispensa de lectura y aprobación del Acta, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, ACORDÓ POR MAYORÍA, lo siguiente: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional La Libertad Ing. Cesar Acuña Peralta, su viaje al exterior, en comisión de servicios, a fi n de participar, en ejercicio de su cargo y funciones, dentro del Programa “Smart City, Smart Campus” sobre las innovaciones generadas y aplicadas a gobiernos locales por el gobierno chino y la Universidad Huawei en tecnologías 5G e inteligencia artifi cial, a realizarse en la Ciudad de Shenzhen, China, del 04 al 14 de abril del presente año, atendiendo a la invitación cursada por la empresa Huawei del Perú S.A.C., precisando que la misma no irrogará gastos al erario de la Región La Libertad, debiendo dar cuenta ante el Pleno del Consejo Regional de La Libertad a su retorno. Artículo Segundo.- ENCARGAR el despacho de la Gobernación Regional a la Vicegobernadora Regional por el periodo del 04 al 14 de abril del presente año; esto, en estricta aplicación del artículo 23 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano” y su difusión en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional 2274329-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Autorizan viaje de funcionarios del Proyecto denominado: “Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM)” a México, para participar en misión técnica PROYECTO ESPECIAL HUALLAGA CENTRAL Y BAJO MAYO GERENCIA GENERAL RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 021-2024-GRSM-PEHCBM/GG Tarapoto, 19 de marzo de 2024 Visto: La Carta N° 024-2024-GRSM-PEHCBM-DERSM/CG, de fecha 07/03/2024, de la Coordinadora General del Proyecto DER SAN MARTÍN, el Informe N° 046-2024-GRSM-PEHCBM/OPP, de fecha 15.03.2024, del Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y el Informe N° 027-2024-GRSM- PEHCBM/DDAyPIP, de fecha 18.03.2024, del Director de la DDAyPIP del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo, solicitan autorización para la participación de la Misión Técnica Internacional con Destino a México, para continuar con la II Fase del Proyecto denominado: Dinamización del Ecosistema Regional de Innovación y Emprendimiento para el Fortalecimiento de Capacidades y Vinculación de Actores Estratégicos en la Región de San Martín (DER-SM). CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos señala que, esta norma regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público. Que, los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad y deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en su Reglamento. La autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector. La autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. En caso de requerimiento expreso formulado por un Ministro de Estado, se autorizará gastos de