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92 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto”; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013- PCM, se Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyendo el principal instrumento orientador de la modernización de la Gestión Pública en el Perú, que establece la visión, los principios y lineamientos para la actuación coherente y e fi caz del sector público, en todos sus niveles, fomentando la articulación intergubernamental, el control de la gestión y la transparencia; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0005-2023- EF/50.01, se aprueba la Directiva Nº 0002- 2023-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, que tiene como objeto establecer las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecido en las leyes anuales de presupuesto, los resultados sectoriales y los objetivos estratégicos institucionales y sujeto a la disponibilidad de recursos; en concordancia con lo establecido en el Literal 12) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 1440, que establece que la “Programación Multianual.- Consiste en que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fi scales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN)”; Que, respecto a la articulación intergubernamental que debe existir en el ámbito presupuestal, el apartado h) del inc. 13.1 del Art. 13 de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, faculta excepcionalmente a los Gobiernos Regionales las siguientes Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2024: “Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”; Que, en el mismo sentido, el Inc. 13.2 del Art. 13 de la Ley Nº 31953 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que el artículo 76º del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, con fecha 08 de Febrero del 2024, se ingresó por mesa de partes el O fi cio Nº 0104- 2024- MDPN/A, suscrito por el Alcalde Distrital de Pueblo Nuevo, documento con asunto: SOLICITO FINANCIAMIENTO VÍA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN DENOMINADO “CREACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO MEDIANTE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS): LA PAMPILLA, EL BLAYS, LA MANGA, LA AVIACIÓN, LOS PALTOS, EL ALGARROBAL, IGLESIA VIEJA, TAHUANTINSUYO Y LOS ANEXOS: TOCORORO, CRUZ DE LA LEGUA, SAN ISIDRO, SANTA MARÍA, EL PROGRESO, EL MILAGRO, CHARCAPE; 15 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - PROVINCIA DE CHEPEN - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2493640, adjuntando el Expediente Técnico aprobado mediante Resolución de Gerencia Nº 010-2024- MDPN/GM de fecha 07 de Febrero de 2024, cuyo monto pendiente por fi nanciar es de S/ 7,373,793.00 (siete millones trescientos setenta y tres mil setecientos noventa y tres con 00/100 Soles); Que, mediante O fi cio Nº 000271-2024-GRLL-GGR- GRI, se traslada el informe Nº 00078-2024- GRLL-GGR-GRI-SGED de la Sub Gerencia de Estudios De fi nitivos, en el cual se emite opinión técnica favorable al Expediente Técnico del Proyecto de Inversión: “CREACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO MEDIANTE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS): LA PAMPILLA, EL BLAYS, LA MANGA, LA AVIACIÓN, LOS PALTOS, EL ALGARROBAL, IGLESIA VIEJA, TAHUANTINSUYO Y LOS ANEXOS: TOCORORO, CRUZ DE LA LEGUA, SAN ISIDRO, SANTA MARÍA, EL PROGRESO, EL MILAGRO, CHARCAPE; 15 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - PROVINCIA DE CHEPEN - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” con CUI Nº 2493640, evaluado por el arquitecto Julio Alberto Delgado Vilca, evaluador de dicha subgerencia; Que, La Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, mediante Informe Técnico Nº 0009-2024-GRLL-GGR-GRPAT-SGPMI, emite Opinión previa favorable al fi nanciamiento vía transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo para la ejecución del Proyecto de Inversión de CUI Nº 2493640 con cargo a los Saldos de Balance, verifi cando satisfactoriamente que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se le transferirá los recursos cuentan con las competencias correspondientes para su ejecución, de acuerdo a lo señalado en los literales “d” y “e” del inciso 7.2 de los Lineamientos; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Informe Nº 000016-2024-GRLL-GGR-GRP/KEGM, emite la opinión favorable a la propuesta de transferencia fi nanciera referida en los párrafos precedentes, señalando que la atención de la Transferencia fi nanciera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el inciso h) del numeral 13.1 del Artículo 13º de la Ley Nº 31954, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, asimismo señala que existe disponibilidad presupuestal y fi nanciera hasta el monto de S/ 7,373,793.00, en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Determinados, Rubro 18 Canon; Que, la Sub Gerencia de Planeamiento analiza la propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre el Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Distrital de Pueblo emitiendo OPINIÓN FAVORABLE; Que, mediante Informe Legal Nº 0026-2024-GRLL/ GGR/GRAJ/INCS, de fecha 13 de marzo del 2024, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica de La Libertad, opinión legal favorable respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo, por la suma de S/ 7,373,793.00 (siete millones trescientos setenta y tres mil setecientos noventa y tres con 00/100 Soles) destinados al fi nanciamiento de la etapa de ejecución física del proyecto de inversión: “CREACION DEL SERVICIO DE SANEAMIENTO BÁSICO MEDIANTE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS): LA PAMPILLA, EL BLAYS, LA MANGA, LA AVIACIÓN, LOS PALTOS, EL ALGARROBAL, IGLESIA VIEJA, TAHUANTINSUYO Y LOS ANEXOS: TOCORORO, CRUZ DE LA LEGUA, SAN ISIDRO, SANTA MARÍA, EL PROGRESO, EL MILAGRO, CHARCAPE; 15 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO