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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2024 (14/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 14 de mayo de 2024 El Peruano / Designan Viceministro de Economía RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2024-EF Lima, 13 de mayo de 2024 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2024-EF se designó al señor Daniel Francisco Barco Rondán en el cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al cargo de Viceministro de Economía, por lo que resulta necesario aceptarla, así como designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Daniel Francisco Barco Rondán al cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Alberto González Mendoza en el cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2288240-4 Aprueban el Instructivo N° 001-2024- EF/51.01 “Instructivo para la planificación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 005-2024-EF/51.01 Lima, 10 de mayo de 2024 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 5.1 y los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico–normativa de dicho Sistema; emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público; así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuenta remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, establece que el Sistema Nacional de Contabilidad es el conjunto de principios, procesos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos, mediante los cuales se ejecuta y evalúa el registro contable de los hechos económicos, fi nancieros y patrimoniales del sector público, en armonía con la normativa contable internacional vigente; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4.3 del artículo 4 del citado Texto Único Ordenado, el marco normativo para la preparación de la información fi nanciera por parte de las entidades del Sector Público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) de acuerdo con las disposiciones que emita la Dirección General de Contabilidad Pública; Que, mediante Resolución Directoral N° 013-2023- EF/51.01, se aprueba la aplicación en el Perú de las NICSP de acumulación (o devengo), el Prólogo a las NICSP y el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público, de la edición 2022 en su versión en español del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), que forman parte del marco para la preparación de la información fi nanciera en las entidades del Sector Público, con vigencia desde el 1 de enero de 2024; Que, asimismo, la Dirección General de Contabilidad Pública mediante la Resolución Directoral N° 016-2023- EF/51.01, aprueba las “Disposiciones para la aplicación del marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP) en la preparación de la Información Financiera”, con vigencia desde el 1 de enero de 2024, como parte de otras disposiciones que permitan la aplicación del Marco NICSP; Que, mediante Resolución Directoral N° 004-2024- EF/51.01 se aprueba la Directiva N° 001-2024-EF/51.01 , que dispone lineamientos generales que contemplan la emisión de instrumentos normativos por la Dirección General de Contabilidad Pública, para regular aspectos especí fi cos sobre acciones administrativas y contables a ser llevadas a cabo por las entidades adoptantes en el proceso de transición, con fi nes de la generación de información fi nanciera e información presupuestaria para la rendición de cuentas y toma de decisiones; Que, por ello, es necesario establecer lineamientos que permitan a las entidades adoptantes, organizar la gestión del proceso de transición en las etapas de plani fi cación, ejecución, culminación y seguimiento, las cuales involucran, entre otros aspectos, la organización de los equipos de trabajo, los recursos y los plazos, considerando los niveles descentralizados u operativos de dichas entidades, con el fi n de que lleven a cabo las acciones correspondientes al proceso de transición de forma ordenada; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar, como parte del Marco NICSP, la norma de transición denominada Instructivo N° 001-2024-EF/51.01 “Instructivo para la plani fi cación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal h) del artículo 128 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, la Dirección General de Contabilidad Pública mantiene actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;