TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Domingo 26 de mayo de 2024 El Peruano / de Presupuesto, a través del cual considera viable presupuestalmente emitir la Resolución Ministerial que autorice una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 828 536,00 (OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Tuberculina - PPD 5UT/0.1 ML 1 ML INY, necesaria para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto de Urgencia Nº 007-2019; Con el visado del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; y, el Decreto de Urgencia Nº 007-2019, Decreto de Urgencia que declara a los medicamentos, productos biológicos y dispositivos médicos como parte esencial del derecho a la salud y dispone medidas para garantizar su disponibilidad; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011. Ministerio de Salud, por la suma de hasta S/ 828 536,00 (OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para la adquisición de Tuberculina - PPD 5UT/0.1 ML 1 ML INY detallado en el Anexo Nº I que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, necesaria para las intervenciones estratégicas sanitarias de fi nidas por el Ministerio de Salud. Artículo 2.- Financiamiento El egreso y detalle de los bienes a ser adquiridos, que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011. Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle señalado en el Anexo Nº II, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas conforme a lo establecido en la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en el Convenio suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124. Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, remitirá a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, bajo responsabilidad, información trimestral sobre los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/ OMS), dispuestos por la presente Resolución Ministerial.Artículo 6. - Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional, al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser devueltos al Tesoro Público de conformidad con lo establecido en la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la Ofi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la misma y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2292169-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2024/MINSA Mediante O fi cio Nº D002077-2024-SG-MINSA, la Secretaría General del Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 334-2024/MINSA, publicada el 15 de mayo de 2024. DÉCIMO SEGUNDO Y DÉCIMO TERCER CONSIDERANDO, Y ARTÍCULO 3 DICE: “(…) Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2027 del Pliego 011. Ministerio de Salud; (…)” DEBE DECIR: “(…) Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2025-2027 del Pliego 011. Ministerio de Salud; (…)” 2292170-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Decreto Supremo que aprueba el reglamento de la Ley Nº 32027, Ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición del cien por ciento de la Compensación por Tiempo de Servicios, a fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica DECRETO SUPREMO Nº 003-2024-TR LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, los artículos 22 y 23 de la Constitución Política del Perú, establecen que el trabajo es un deber y un derecho, así como la base del bienestar social y un medio de realización de la persona, razón por la cual es objeto de atención prioritaria del Estado; Que, el artículo 5 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que dicho Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo;