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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (08/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2024 El Peruano / Artículo 11º.- ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS.- Para el caso de los espectáculo públicos no deportivos, se condonara el 100% de los intereses y multas tributarias, siempre y cuando presenten la declaración jurada respectiva y el pago del mismo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- DISPONER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Segunda.- SEÑALAR que la entrada en vigencia de la presente ordenanza no suspende los procesos de cobranza ordinaria y/o coactiva respecto de los contribuyentes que no se acojan a los descuentos señalados. Tercera.- PRECISAR que el costo generado por la aplicación de los bene fi cios dispuestos a través de la presente ordenanza, será asumido íntegramente por la municipalidad. Cuarta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus respectivas unidades orgánicas, la correcta aplicación de la presente ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático su publicación en la página web de la entidad municipal; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital. Quinta.- FACULTAR a la señora alcaldesa para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la presente ordenanza, así como para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2339878-1 Aprueban el Programa Local de Agricultura Urbana al 2029 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2024/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 29 de octubre de 2024 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Memorándum Nº 537-2024-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 479-2024-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 522-2024-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y Memorándum Nº 576-2024-GGA/MDSJM de la Gerencia de Gestión Ambiental; sobre Programa Local de Agricultura Urbana al 2029 del distrito de San Juan de Mira fl ores; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, en su artículo 39º señala que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º precisa que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de ordenanzas, entre otras;Que, la Ordenanza Nº 1629 de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Marco de Promoción de la Agricultura Urbana como Estrategia de Gestión Ambiental, Seguridad Alimentaria, Inclusión Social y Desarrollo Económico Local de la Provincia de Lima; y mediante Resolución de Alcaldía Nº 299, de fecha 17 de setiembre de 2021, aprueba la Estrategia de Agricultura Urbana en la provincia de Lima, Periodo 2021, que tiene como fi n promover la implementación de biohuertos en las casas y comunidades de alta vulnerabilidad alimentaria en la provincia de Lima; Que, nuestra corporación municipal, mediante Ordenanza Nº 492/MDSJM, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 26 de agosto de 2023, aprueba la Promoción de la Agricultura Urbana como Estrategia de Seguridad Alimentaria del distrito de San Juan de Mira fl ores, cuyo artículo 8º señala que, mediante decreto de alcaldía, se aprobará el Programa Local de Agricultura Urbana en la jurisdicción; Que, con Memorándum Nº 576-2024-GGA/MDSJM, la Gerencia de Gestión Ambiental propone el proyecto del Programa Local de Agricultura Urbana en el distrito de San Juan de Mira fl ores; lo que cuenta con las conformidades de la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe Nº 2822-2024-SGPyPI-GPP/MDSJM), Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 246-2024-SGPEyCT-GPP/MDSJM), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 522-2024-GPP/MDSJM); así como opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 479-2024-GAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 537-2024- GM/MDSJM); por lo que corresponde emitir el acto administrativo respectivo; De conformidad con los artículos 20, numeral 6), y 42 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ordenanza 1629 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como Ordenanza Nº 492/MDSJM de esta entidad municipal; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Agricultura Urbana al 2029 del distrito de San Juan de Mira fl ores, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, así como Gerencia de Administración y Finanzas, a través de sus respectivas unidades orgánicas, el estricto cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este decreto en el diario o fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático la publicación del texto íntegro del Programa de Monitoreo y Vigilancia de la Contaminación Sonora 2024 en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2340002-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que modifica la Ordenanza Municipal N° 309/MDSM, que aprueba la creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes - CCONNA, del distrito de San Miguel ORDENANZA N° 505/MDSM San Miguel, 22 de octubre de 2024