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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (08/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2024 El Peruano / término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia de la referida fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Roxana Morote Prado, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el 2º Despacho Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Corporativa Penal de Santiago de Surco-Barranco; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 31 de octubre de 2024, su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1093-2024-MP-FN y 2034-2024-MP-FN, de fechas 6 de mayo y 19 de septiembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Roxana Morote Prado que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2342150-1 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2544-2024-MP-FN Lima, 7 de noviembre de 2024VISTO:El ofi cio Nº 005573-2024-MP-FN-PJFSHUANUCO, de fecha 16 de octubre de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante carta de fecha 16 de octubre de 2024, recepcionado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito fi scal de Huánuco, la abogada Dennisse Helea Obregón Bravo, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Dos de Mayo, con destaque a la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco, presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales, solicitando la exoneración del plazo e indica como último día de labores el 31 de octubre de 2024. A través del o fi cio de visto, el abogado Rodolfo Vega Billan, presidente de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, remite la citada carta de renuncia a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando conformidad parcial, esto es, no brindando el visto bueno para la exoneración del plazo. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). Asimismo, el artículo 185 del Decreto Supremo mencionado en el párrafo precedente, señala que: “La renuncia será presentada con anticipación no menor de treinta (30) días calendario, siendo potestad del titular de la entidad, o del funcionario que actúa por delegación, la exoneración del plazo señalado”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia de la referida fi scal, con efectividad al 16 de noviembre de 2024, al no haberse aceptado la exoneración del plazo. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Denisse Helea Obregón Bravo, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Dos de Mayo, así como a su destaque como apoyo al despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huánuco; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 16 de noviembre de 2024, la vigencia de su nombramiento, designación y destaque materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 25-2020-MP-FN, 135-2021-MP-FN, 2155-2024-MP- FN y 2251-2024-MP-FN, de fechas 13 de enero de 2020, 29 de enero de 2021, 30 de septiembre y 14 de octubre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Denisse Helea Obregón Bravo que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2342151-1