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58 NORMAS LEGALES Viernes 8 de noviembre de 2024 El Peruano / Distrito Fiscal de Sullana, a favor del abogado JORGE AUGUSTO ARRUNATEGUI BACA. Tercero: La renuncia es un ejercicio del derecho a la libertad de trabajo, la misma se encuentra sujeta a que se cumplan determinadas exigencias para hacerse efectiva a fi n de evitar que se afecte el normal desarrollo de las actividades en nuestra institución. En esa línea, conforme a lo establecido en el artículo 106 de la Ley Nº 30483 - Ley de la Carrera Fiscal; lo señalado en la primera disposición complementaria, transitoria y fi nal del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y, los artículos 183 y 185 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el cargo de fi scal termina, entre otros, desde que la renuncia es aceptada, encontrándose el empleador facultado para aceptarla desde la fecha en que fue recibida o, dentro de los treinta (30) días siguientes. Cuarto: Por lo expuesto, y teniéndose en cuenta que la aceptación de la renuncia desde la fecha en que fue recibida o dentro de los treinta días siguientes, es una facultad discrecional del empleador, conforme lo señalado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica en el informe Nº 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, corresponde aceptar la renuncia formulada. Quinto: En consecuencia, la Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo Nº 6583-2024 adoptado en sesión extraordinaria de fecha 24 de octubre de 2024 convino por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aceptar la renuncia formulada por el abogado JORGE AUGUSTO ARRUNÁTEGUI BACA al cargo de fi scal provincial titular de prevención del delito de Sullana del Distrito Fiscal de Sullana, desde el día 10 de octubre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado JORGE AUGUSTO ARRUNÁTEGUI BACA al cargo de fi scal provincial titular de prevención del delito de Sullana del Distrito Fiscal de Sullana, desde el día 10 de octubre de 2024; dándole las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Remitir la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para los fi nes pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Prevención del Delito, a la Gerencia General, a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, a la O fi cina General de Potencial Humano, así como al interesado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i)Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 2342175-1 Designan fiscal en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2539 -2024-MP-FN Lima, 6 de noviembre de 2024VISTO: El ofi cio Nº 002233-2024-MP-FN-PJFSICA, de fecha 6 de noviembre de 2024, y;CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 204-2024-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2024, se nombró a la abogada Velia Patricia Rosa Begazo Villanueva, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, con retención de cargo de carrera, prorrogándose la vigencia de nombramiento y designación, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1463-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024. Con escrito de fecha 6 de noviembre de 2024, presentado ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, a través de la carpeta Electrónica Administrativa (CEA), la abogada Velia Patricia Begazo Villanueva, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designada en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, presenta su renuncia al cargo por motivos de salud, con efectividad al 5 de noviembre de 2024. A través del o fi cio de visto, la abogada Carmen Victoria Huayre Proaño, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, eleva la citada carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando su conformidad y visto bueno, considerando como último día de labores el 5 de noviembre de 2024. Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, establece las causales del término de la relación laboral en el cargo de fi scal, encontrándose entre estas la renuncia, desde que es aceptada. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia de la referida fi scal. Asimismo, atendiendo a que la abogada en mención fue nombrada con retención de su cargo carrera, como fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Nazca, corresponde designarla en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Velia Patricia Rosa Begazo Villanueva, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica y su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha; por consiguiente, dejar sin efecto, a partir del día 6 de noviembre de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 204-2024-MP-FN y 1463-2024-MP-FN, de fecha 23 de enero y 28 de junio de 2024, respectivamente. Artículo Segundo.- Designar a la abogada Velia Patricia Rosa Begazo Villanueva, fi scal adjunta provincial titular penal (corporativa) de Nazca, Distrito Fiscal de Ica, en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento a la abogada Velia Patricia Rosa Begazo Villanueva que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de