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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (12/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Martes 12 de noviembre de 2024 El Peruano / cultura, creación y promoción del arte, producción de bienes, prestación de servicios, gestión universitaria en los ámbitos que les corresponde y otros de acuerdo con los principios y fi nes de la universidad. Que, la Ley N° 27619, es una norma que regula que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE. Que, el artículo 2º de la Ley N° 27619 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje al exterior se debe sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”. Que, el Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 2º prescribe que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especi fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (...)”. Debe tenerse en cuenta que la Resolución de autorización de viaje debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el art. 10, numeral 10.1 dispone que: “ Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias”. Que, la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, es una norma que regula que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado- FONAFE. A su vez, el artículo 2º de la Ley N° 27619 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje al exterior se debe sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”. Que, asimismo en el Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado con Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, en su artículo 20° prescribe que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el Interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (...)”. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 204-2019-UNF/CO, de fecha 24 de abril de 2019, se aprobó la Directiva Nº 003-2019-UNF denominada: “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicios al Exterior del País” el cual de fi ne a la Comisión de Servidos en su capítulo V. DEFINICIONES numeral 5.1, como: “(...) el desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la Entidad, debidamente autorizado por el funcionario competente, para realizar funciones al exterior del país, directamente relacionadas con los fi nes y objetivos institucionales. Que, con Directiva Nº 003-2019-UNF, en su capítulo VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS”, numeral 7.1. titulado “Requerimiento y Otorgamiento de las Asignaciones Económicas”. Que, con ACTA N° 068-2023-SO-CO, Acta de Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera de fecha 08 de setiembre de 2023, la Presidencia de Comisión, solicita que se considere en caso excepcional y ante la ausencia de un docente universitario para cubrir temporalmente el curso el docente que esté autorizado por pasantía anexe como compromiso la declaración jurada de reprogramación la misma que debe ser fi rmada conjuntamente con los alumnos, a fi n de recuperar las clases por el tiempo de ausencia. Dicha reprogramación será viable siempre y cuando se considere la participación y aceptación expresa de los alumnos del curso. Que, mediante Resolución N° 289-2024-UNF/FCET, de fecha 15 de octubre de 2024, la Coordinación de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo resuelve modi fi car la fecha de Movilidad Académica Docente para desarrollar el Plan de Trabajo denominado: “Intercambio Académico sobre AFROTURISMO en la Universidad de Sao Paulo, Brasil”, a realizarse en Sao Paulo, del 10 de noviembre al 16 de noviembre del año en curso. Que, con O fi cio N° 038-2024-UNF-FCET/SHCR, de fecha 25 de setiembre de 2024, la docente Mg. Sc. Samanta Hilda Calle Ruiz solicita licencia con goce de haber con el propósito de asistir a la invitación de la Universidad de Sao Paulo para dictar el curso de “Afroturismo”, como especialista, sustentado en lo siguiente: - Interés especí fi co en la Institución: En el ámbito de investigación se trabajará el proyecto de investigación “Geo digitalizacao de paisagens culturais na sustentabilidade do afroturismo em Cruz Pampa - Yapatera, Peru”, el cual se recibirá el asesoramiento directo por parte de docente de la Universidad de Sao Paulo con experiencia en el ámbito tecnológico y de marketing digital en turismo en el contexto del afroturismo en Sao Paulo para fortalecer el desarrollo del proyecto. Asimismo, se realizará actividades de colaboración académica e investigativa para incidir en el desarrollo sostenible, en este caso con el tema de afroturismo en Brasil y en Perú. - Itinerario de la Comisión de servicios: La comisión de servicios se realizará para desarrollar el Plan de Trabajo denominado “Intercambio Académico e Investigativo sobre Afroturismo” en la Universidad de Sao Paulo, del 10 al 16 de noviembre de 2024. - Personas que realizarán la comisión de servicio: la Mg. Sc. Samanta Hilda Calle Ruiz, docente de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo de la Universidad Nacional de Frontera. - Costo del viaje: El gasto será asumido con presupuesto de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO PRESUPUESTO (S/) Pasajes Internacionales (Piura - Brasil - Piura) 2,200.00 Viáticos (internacionales) 3,680.00 Publicación en el Diario Oficial El Peruano 2,000.00 TOTAL 7,880.00 Que, mediante O fi cio N° 1528-2024-UNF-VPAC/ FCET, de fecha 15 de octubre de 2024, el Coordinador de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo remite a Vicepresidencia Académica, la solicitud de autorización de comisión de servicio a la Mg. Sc. Samanta Hilda Calle Ruiz como docente de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, con la fi nalidad de desarrollar el Plan de Trabajo denominado ‘’Intercambio académico e investigativo sobre AFROTURISMO en la Universidad de Sao Paulo, Brasil desde el 10 de noviembre hasta el 16 de noviembre del presente año, en Sao Paulo. Que, con O fi cio N° 2668-2024-UNF-VPAC, de fecha 22 de octubre de 2024, la Vicepresidencia Académica solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emita informe de disponibilidad presupuestaria sobre la comisión de servicios de la docente Mg. Sc. Samanta Hilda Calle Ruiz de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, a la Universidad de Sao Paulo -Brasil desde el día 10 de