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32 NORMAS LEGALES Domingo 6 de octubre de 2024 El Peruano / VISTOS: El Memorando Nº 00586-2024-SUNASS-DRT y el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante los cuales se presenta la propuesta del nuevo porcentaje que EPS GRAU S.A. 1 (en adelante, EPS GRAU ) debe depositar al Fondo de Inversiones y Reservas, así como la propuesta de cambio de metas de gestión, como parte de las medidas para el restablecimiento del equilibrio fi nanciero durante el procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico- fi nanciero de la empresa prestadora. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (en adelante, RGT ), aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD 2, dentro de los treinta días hábiles siguientes de iniciado el procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico- fi nanciero de la empresa prestadora, mediante resolución del Consejo Directivo de Sunass, se pueden adoptar las siguientes medidas hasta la aprobación de la nueva fórmula tarifaria, estructura tarifaria o metas de gestión: 1) la determinación de nuevos porcentajes de depósito mensual al Fondo de Inversiones y Reservas; 2) el cambio de una o más de las metas de gestión, acorde con la medida antes mencionada, sin alterar la continuidad promedio del servicio de agua potable alcanzada en el año regulatorio anterior a la fecha de presentación de la solicitud de inicio del procedimiento de revisión excepcional; y 3) la suspensión o reprogramación de la aplicación de los incrementos tarifarios. Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 00014-2024-SUNASS-DRT 3, se dispuso el inicio, de o fi cio, del procedimiento de revisión excepcional de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aprobadas para el periodo regulatorio 2022-2027 a EPS GRAU , por el supuesto de ruptura del equilibrio económico fi nanciero de la empresa prestadora. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria, con el memorando de visto, presenta el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, el cual sustenta la necesidad de determinar los nuevos porcentajes de depósito mensual al Fondo de Inversiones y Reservas, así como de cambiar metas de gestión, hasta la aprobación de la nueva fórmula tarifaria, estructura tarifaria o metas de gestión, como parte de las medidas para el restablecimiento del equilibrio fi nanciero durante el presente procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico- fi nanciero de EPS GRAU . Que, de acuerdo al Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, la proyección del fl ujo de caja operativa de EPS GRAU para el tercer año regulatorio muestra que los costos operativos representan el 83,4% de la facturación por los servicios de agua potable y saneamiento, mientras que el pago de las deudas representa el 2,7%. Asimismo, en dicho informe se indica que el porcentaje de la facturación que no será recaudada se estima en el orden de 5%, por lo que queda un margen libre de niveles de 7%, el cual la empresa prestadora puede destinar al Fondo de Inversiones. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2001-PCM, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General, el Consejo Directivo en su sesión del 4 de octubre de 2024; HA RESUELTO: Artículo 1.- DISPONER que EPS GRAU S.A. destine 7.0% del importe facturado por los servicios de agua potable y saneamiento, incluido el cargo fi jo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal, al Fondo de Inversiones creado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 071-2021-SUNASS-CD. Artículo 2.- SUSPENDER el depósito de los porcentajes que debe realizar EPS GRAU S.A ., conforme a lo establecido en el Anexo Nº 4 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 071-2021-SUNASS-CD, a las Reservas para: i) la implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD); ii) la implementación de mecanismo de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); iii) la implementación del plan de control de calidad (PCC) y iv) el pago de la deuda concursal. Artículo 3 .- APROBAR el cambio de metas de gestión de EPS GRAU S.A. aplicables al tercer año regulatorio conforme al Anexo Único de la presente resolución. Artículo 4.- Las medidas a que se re fi eren los artículos 1 y 2 de la presente resolución se aplicarán a partir de su entrada en vigor hasta la entrada en vigor de la resolución tarifaria que se emita como resultado del presente procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico- fi nanciero de la empresa prestadora. Artículo 5.- La presente resolución entrará en vigor a partir del primer día del mes calendario siguiente a su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 6.- NOTIFICAR a EPS GRAU S.A. la presente resolución, así como el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, que forma parte integrante de esta. Artículo 7.- La presente resolución y el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT deberán publicarse en el portal institucional de la Sunass (www. gob.pe/sunass). Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo ANEXO ÚNICO METAS DE GESTIÓN DE EPS GRAU S.A. PARA EL TERCER AÑO REGULATORIO Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN METAS DE GESTIÓN BASE Corresponde a las metas de gestión base de las inversiones y medidas de mejora ejecutadas por EPS GRAU S.A. , fi nanciadas con recursos internamente generados. Las metas de gestión se evaluarán conforme con los criterios establecidos en el Anexo 2: “Criterios para la evaluación de las metas de gestión” del Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT. a) Metas de gestión a nivel de localidad Recuperación de conexiones inactivas de agua potable Localidad Unidad de medida Año 3 Amotape Und. 4 Catacaos Und. 165 Chulucanas Und. 159 Colán Und. 17 El Alto Und. 59 El Arenal Und. 3 El Tambo Und. 2 La Huaca Und. 43 Las Lomas Und. 37 Los Órganos Und. 34 Máncora Und. 51 Marcavelica Und. 35 Miramar Und. 15 Morropón Und. 34 Negritos Und. 42 Paita Und. 277 Piura Und. 998