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39 NORMAS LEGALES Jueves 24 de octubre de 2024 El Peruano / ii) inclusión de servicios tecnológicos, y iii) eliminación de servicios tecnológicos; Que, con Resolución Ejecutiva N° 0153-2023-ITP/DE, se aprobó la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE denominada “Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción – ITP”; Que, mediante Resolución N° 0044-2024-ITP/DE, se aprobó el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE denominado “Instructivo para la Formulación del Catálogo de Servicios y Determinación de Tarifas Mediante el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios - SISTAR”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0057-2016-PRODUCE, de fecha 8 de febrero 2016 y publicado el 10 de febrero de 2016 en el Diario O fi cial El Peruano, se creó el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga – CITEagroindustrial Huallaga de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) del Ministerio de la Producción, cuya sede es en el departamento de Huánuco; Que, mediante Resolución Ejecutiva N° 0104-2022- ITP/DE, de fecha 7 de julio de 2022 y publicado el 10 de julio de 2022 en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga conformado por diez (10) servicios tecnológicos a ser prestados por el CITE; Que, con Resolución Ejecutiva N° 0200-2023-ITP/ DE, de fecha 4 de diciembre de 2023 y publicado el 10 de diciembre de 2023 en el Diario O fi cial El Peruano, se modi fi có la Resolución Ejecutiva N° 0104-2022-ITP/DE, a fi n de incorporar cinco (05) servicios tecnológicos al tarifario; Que, mediante Informe N° 0040-2024-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-HUALLAGA de fecha 17 de mayo de 2024, el Informe N° 0055-2024-ITP/ CITEAGROINDUSTRIAL-HUALLAGA de fecha 26 de junio de 2024 y el Informe N° 0072-2024-ITP/CITEAGROINDUSTRIAL-HUALLAGA de fecha 31 de julio de 2024 del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga – CITEagroindustrial Huallaga remitió a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE - DEDFO su propuesta de modi fi cación del Tarifario de Servicios Tecnológicos a fi n de (i) mantener vigentes nueve (09) servicios tecnológicos, (ii) actualizar la denominación de tres (03) servicios tecnológicos, (iii) incluir sesenta y seis (66) nuevos servicios tecnológicos y (iv) eliminar tres (3) servicios tecnológicos: Evaluación física y/o sensorial de alimentos, Capacitación básica en la cadena agroindustrial y Pasantía; debido a ello, el Tarifario estaría compuesto de setenta y ocho (78) servicios tecnológicos; Que, de acuerdo con el Informe N° 0072-2024- ITP/CITEAGROINDUSTRIAL-HUALLAGA, el CITEagroindustrial Huallaga propone cubrir la demanda y satisfacer las necesidades de las empresas del sector agroindustrial, del departamento de Huánuco, así también, los servicios tecnológicos propuestos coadyuvarán a las empresas a ser más productivas y competitivas, mediante la optimización de procesos, productos y mejora de la calidad; Que, con Memorando N° 000483-2024-ITP/DEDFO de fecha 29 de mayo de 2024 y Memorando N° 000657-2024- ITP/DEDFO de fecha 15 de agosto de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 000001-2024-ITP/DVQ-DEDFO e Informe Técnico N° 000012-2024-ITP/DVQ-DEDFO respectivamente, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de setenta y ocho (78) servicios tecnológicos, en el marco de lo dispuesto en la Directiva N° 01-2021-ITP/DE; asimismo, consideró que a los setenta y ocho (78) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE; Que, la propuesta de setenta y ocho (78) servicios tecnológicos involucra la modi fi cación del Tarifario vigente toda vez que: (i) se mantienen vigentes nueve (09) servicios tecnológicos, (ii) se actualizan la denominación de tres (03) servicios tecnológicos, (iii) se incluyen sesenta y seis (66) nuevos servicios tecnológicos y (iv) se eliminan tres (3) servicios tecnológicos; Que, con Memorando N° 1537-2024-ITP/OA de fecha 1 de julio de 2024, sustentado en el Informe N° 2099-2024-ITP-OA-ABAST, la O fi cina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles, materiales no fungibles y los servicios en las estructuras de costos de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga, además estos corresponden a compras de bienes y servicios realizadas por el ITP, así como también a cotizaciones de materiales; Que, con Memorando N° 1603-2024-ITP/OA de fecha 2 de julio de 2024, sustentado en el Informe N° 2124- 2024-ITP/OA-ABAST y el Informe N° 0273-2024-ITP-OA- ABAST-CP, la O fi cina de Administración señaló que se ha revisado los valores de los activos que involucran la propuesta de setenta y ocho (78) servicios tecnológicos presentado por el CITEagroindustrial Huallaga, y se encuentran conforme a lo registrado en el Módulo SIGA Patrimonio y conciliados con Contabilidad; Que, mediante Memorando N° 1202-2024-ITP/ OGRRHH de fecha 03 de julio de 2024, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos señaló que, en el marco de sus competencias, se encuentra conforme con el costo de mano de obra por minuto del personal CAS consignado en las estructuras de costos de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga; Que, con Memorando N° 4170-2024-ITP/OPPM de fecha 5 de julio de 2024, sustentado en el Informe Técnico N° 0040-2024-ITP/MODERNIZACION de fecha 4 de julio de 2024 y el Memorando N° 5542-2024-ITP/OPPM de fecha 3 de septiembre de 2024, sustentado en el Informe N° 0109-2024-ITP/MODERNIZACION de fecha 27 de agosto de 2024, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OPPM) emitió opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Tarifario de la CITEagroindustrial Huallaga, conformado por setenta y ocho (78) servicios tecnológicos, además de proponer la modi fi cación de forma de las Notas 2, 3, 4 y 5 consignadas en dicho Tarifario; Que, asimismo de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 0040-2024-ITP/MODERNIZACIÓN, la OPPM el cálculo de los costos de los setenta y ocho (78) servicios tecnológicos se encuentran elaborados en el módulo de gestión de tarifarios del Sistema de Servicios de Innovación Productiva (SISTAR) bajo el expediente N° AGROHUALL000000022024. Así mismo, el proyecto de Tarifario cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la O fi cina de Administración y la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo N° INST-001-2024-ITP/DE; Que, mediante Informe N° 0425-2024-ITP/OAJ de fecha 11 de setiembre de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente del CITEagroindustrial Huallaga aprobado mediante la Resolución Ejecutiva N° 0104-2022-ITP/DE y su modi fi catoria, a fi n de mantener nueve (9) servicios tecnológicos del tarifario vigente, actualizar tres (3) servicios tecnológicos aprobados, incluir sesenta y seis (66) nuevos servicios tecnológicos y eliminar tres (3) servicios tecnológicos, así como modi fi car las Notas 2, 3, 4 y 5, por lo que el Tarifario estará compuesto por setenta y ocho (78) servicios tecnológicos a ser prestados por el mencionado CITE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva