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36 NORMAS LEGALES Jueves 24 de octubre de 2024 El Peruano / Aprueban diversas Normas Metrológicas Peruanas referentes a equipos de medición de la energía eléctrica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000014-2024-INACAL/DM APRUEBAN NORMA METROLÓGICA PERUANA NMP 014. EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (PARTE 1 y 2) NMP 015 EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA - Requisitos Particulares. Medidores estáticos para energía activa de AC (clases 0,5, 1 y 2) NMP 022 EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA - Requisitos Particulares: Medidores estáticos para energía activa de AC (clases 0,1 S, 0,2 S y 0,5 S) San Borja, 17 de octubre del 2024VISTO:El Informe N° 036-2022-INACAL/DM-MCI de fecha 28 de diciembre de 2022, Informe N° 006-2023-INACAL/ DM-MCI de fecha 20 de enero de 2023, Informe N° 050-2023-INACAL/DM-MCI de fecha 25 de agosto 2023 e Informe N° D00014-2024-INACAL/DM-EFMCI de fecha 04 de octubre de 2024 del Equipo Funcional de Metrología Cientí fi ca e Industrial, así como el Informe N° D00018- 2024-INACAL/DM-EFML de fecha 17 de octubre de 2024 del Equipo Funcional de Metrología Legal de la Dirección de Metrología, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además, es el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional para la Calidad, y tiene, como uno de sus órganos de línea, a la Dirección de Metrología; Que, el numeral 35.1 del artículo 35 de la Ley 30224 y el artículo 39 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL establece que la Dirección de Metrología es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la metrología, goza de autonomía técnica y funcional, y ejerce funciones a nivel nacional. Establece, custodia y mantiene los patrones nacionales de medida y provee la trazabilidad al Sistema Internacional de Unidades. Además, es responsable de normar y regular la metrología legal; se sujeta a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los acuerdos internacionales sobre la materia; Que, el numeral 36.2 del artículo 36 de la Ley citada dispone que el órgano de línea responsable de la materia de metrología del INACAL, es decir la Dirección de Metrología, establece las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que deben tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados; Que, la Dirección de Metrología, dentro de sus funciones señaladas en el artículo 40 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, tiene, entre otras, las siguientes: “d) Establecer las características técnicas y metrológicas, los errores máximos permisibles y los métodos de ensayo de los medios de medición sujetos a control metrológico, así como la información metrológica que deben tener los envases y las tolerancias del contenido neto de los productos envasados a ser comercializados” y “j) Elaborar directivas, guías y normas, entre otros documentos relacionados con actividades propias de la dirección”; Que, el Informe N° 036-2022-INACAL/DM-MCI de fecha 28 de diciembre de 2022 e Informe N° 006-2023-INACAL/DM-MCI de fecha 20 de enero de 2023, se sustenta las razones para la elaboración de los Proyectos de Norma Metrológica Peruana: - Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014. EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA. - Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 015 EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA - Requisitos Particulares. Medidores estáticos para energía activa de AC (clases 0,5, 1 y 2). - Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 022 EQUIPOS DE MEDICIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA - Requisitos Particulares: Medidores estáticos para energía activa de AC (clases 0,1 S, 0,2 S y 0,5 S), Que, el 2 de enero de 2023 se publicó en el portal institucional de INACAL el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014:2022 - “Equipos de medida de la energía eléctrica. Requisitos generales, ensayos y condiciones de ensayo. Equipos de medida” y del Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 015:2022 “Equipos de medida de la energía eléctrica (c.a). Requisitos particulares. Medidores estáticos de energía activa (clases 0,5, 1 y 2)” aprobado mediante la Resolución Directoral N° 039-2022-INACAL/DM, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, incluyendo las unidades de veri fi cación metrológica y empresas y entidades relacionadas por el plazo de noventa (90) días calendarios. Asimismo, los Proyectos de Norma Metrológica Peruana PNMP fueron enviados mediante ofi cio a empresas y entidades relacionadas para solicitar sus observaciones y/o comentarios; Que, el 26 de enero de 2023 se publicó en el portal institucional de INACAL el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 022:2023 “EQUIPOS DE MEDIDA DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA – Requisitos Particulares: Medidores estáticos para energía activa de AC (clases 0,1 S, 0,2 S y 0,5 S)” aprobado mediante la Resolución Directoral N° 008-2023-INACAL/DM, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, incluyendo las unidades de veri fi cación metrológica y empresas y entidades relacionadas por el plazo de noventa (90) días calendarios. Asimismo, el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP fue enviado mediante ofi cio a empresas y entidades relacionadas para solicitar sus observaciones y/o comentarios; Que, habiéndose recibido observaciones y comentarios a los Proyectos de la Norma Metrológica Peruana PNMP 014, PNMP 015 y PNM 022 y luego de realizada la evaluación del cual derivo el Informe N° 050-2023-INACAL/DM-MCI, debido a las observaciones recibidas y ante una reevaluación sobre los requisitos asociados a los ensayos de evaluación de software el Proyecto de Norma Metrológica Peruana PNMP 014 quedo conformada en dos partes. Parte 1, PNMP 014-1, elaborado tomando como referencia lo establecido en la norma IEC 62052-11:2020 para los ensayos metrológicos, ensayos de evaluación eléctrica, ensayos mecánicos, ensayos climáticos y ensayos de compatibilidad electromagnética; y Parte 2, PNMP 014- 2, elaborado tomando como referencia lo establecido en la recomendación internacional OIML D31:2019 y OIML R46:2012 en lo que respecta a los ensayos de evaluación de software; Que, del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General”, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modi fi catorias; el artículo 7 de las Disposiciones reglamentarias al Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio en el ámbito de bienes y al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios, en el ámbito de servicios, de la OMC, aprobado por Decreto Supremo Nº 149-2005-EF y sus modi fi catorias; y, considerando lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio -OTC, se dispuso la publicación del proyecto de Norma Metrológicas