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42 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de octubre de 2024 El Peruano / VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 410-2024- VIVIENDA Lima, 28 de octubre de 2024 VISTOS:La Nota N° D00086-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Memorando N° D00422-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D00165-2024- VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° D00230-2024-VIVIENDA/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS); las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario ofi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, mediante la Nota N° D00086-2024-VIVIENDA/ VMCS-PNSU, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano remite el Informe N° D00232-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.5.2 de la Unidad de Gestión Territorial, el Memorando N° D00908-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1 y el Informe N° D00237-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.1.2 de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, los Informes N° D00151-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2 y N° D00020-2024-VIVIENDA/VMCS-PNSU-0.3.2-MCT de la Unidad de Asesoría Legal, con los cuales se sustenta y solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A., hasta por la suma de S/ 186 104,00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar el componente supervisión del proyecto de inversión con CUI N° 2609132: “Mejoramiento del servicio de agua potable urbano y mejoramiento del servicio de alcantarillado en calle Madre de Dios de Centro Poblado Bellavista, distrito de Bellavista de la provincia de Sullana del departamento de Piura”; para lo cual señala que se ha suscrito el convenio correspondiente; Que, con el Memorando N° D00422-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo y remite el Informe N° D00165-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 186 104,00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A., para fi nanciar el componente supervisión del proyecto de inversión con CUI N° 2609132; asimismo, señala que se cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Inversiones en su calidad de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Informe Técnico N° D00168-2024-VIVIENDA/SG-OGPP-OI; Que, mediante el Informe N° D00230-2024-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 13.1 y el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, corresponde se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EPS GRAU S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 186 104,00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 00009-2024-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la EPS GRAU S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 186 104,00 (CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima - EPS GRAU S.A., para fi nanciar el componente supervisión del proyecto de inversión con CUI N° 2609132: “Mejoramiento del servicio de agua potable urbano y mejoramiento del servicio de alcantarillado en calle Madre de Dios de Centro Poblado Bellavista, distrito de Bellavista de la provincia de Sullana del departamento de Piura”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.