NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de setiembre de 2024 El Peruano / advierte que sus cláusulas mantienen concordancias con los compromisos asumidos por LAS PARTES, no contravienen los dispositivos legales vigentes, ni lo establecido en el artículo 11° de la Ley N° 32103, así como la Directiva N° 006-2021-GRU-GGR-GRPP-SGDI, Normas y Procedimientos para la Formulación, Negociación, Aprobación y Renovación de Convenios de Cooperación en el Gobierno Regional de Ucayali”. Asimismo, se cuenta con los informes favorables de la Sub Gerencia de Presupuesto, contenida en el INFORME N° 4656- 2024-GRU-GRPP-SGP, y con la autorización de Modifi cación Presupuestal Tipo 003, suscrito por el Gerente General del Gobierno Regional de Ucayali, es pertinente señalar que la propuesta del convenio resulta legalmente viable, conformes a los montos indicados en los citados informes precedente, precisándose que dicha transferencia está destinada única y exclusivamente para la ejecución del proyecto de inversión: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD BÁSICOS EN PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA REDUCCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN Y ANEMIA EN NIÑOS Y MUJERES GESTANTES DEL DISTRITO DE YURUA DE LA PROVINCIA DE ATALAYA DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, con CUI N° 2615460, en el marco de lo regulado en el artículo 11° de la Ley N° 32103, “Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la reactivación económica y dicta otras medidas”, siendo responsabilidad exclusiva de la Municipalidad el adecuado uso de los recursos que se transfi eren. en tal sentido se fi rma el Convenio Nº 088 – CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURUA, para cofi nanciar la ejecución del PROYECTO DE Inversión Pública, denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD BÁSICOS EN PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA REDUCCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN Y ANEMIA EN NIÑOS Y MUJERES GESTANTES DEL DISTRITO DE YURUA DE LA PROVINCIA DE ATALAYA DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI” con CUI N° 2615460, con cargo a la fuente de fi nanciamiento del Fondo de Compensación Regional – FONCOR, por el monto de S/ 1´000,000.00 (UN MILLON 00/100); Conforme puede verse del expediente administrativo en sesión de consejo regional se ha sustentado de manera técnica y legal las transferencias fi nancieras por parte del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad Distrital de Yurua, basado en los informes técnicos y legales que forman parte integrante del presente acuerdo regional; En consecuencia, atendiendo al debate realizado, a la intervención de los funcionarios del Gobierno Regional Ucayali de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Ucayali, que ratifi can sus informes técnicos y legales, así como las precisiones del monto a transferirse; y teniendo en cuenta el interés público regional y que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el Acuerdo conforme la votación en sesión extraordinaria de fecha 23 de agosto del 2024; Se precisa que, el contenido de los documentos que sustentan el presente acuerdo regional, así como la oportunidad en que se emitieron y remitieron, es de exclusiva responsabilidad del personal de las unidades orgánicas que participaron en el procedimiento, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe procedimental. En tal sentido, la decisión del Pleno del Consejo Regional no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley. Del mismo modo deslinda de responsabilidad por los errores materiales que subsistieran como consecuencia de la aprobación del presente acuerdo regional; En Sesión Extraordinaria de fecha 23 de agosto de 2024, celebrada de manera presencial en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Unanimidad, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, la Transferencia Financiera dentro del marco legal vigente, de S/ 1’000,000.00 (Un millón y 00/100 Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de YURUA, para cofi nanciar el Proyecto de Inversión Pública denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN DE SALUD BÁSICOS EN PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN DE LA REDUCCIÓN DE LA DESNUTRICIÓN Y ANEMIA EN NIÑOS Y MUJERES GESTANTES DEL DISTRITO DE YURUA DE LA PROVINCIA DE ATALAYA DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI”, con CUI 2615460, conforme se esboza de los informes técnicos y legales que forman parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que la transferencia fi nanciera aprobada en el presente acuerdo regional, no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al señalado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, bajo responsabilidad para que realice el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la presente transferencia, sin perjuicio del seguimiento por parte de los consejeros regionales, a fi n de cautelar el cumplimiento de la fi nalidad de la transferencia aprobada. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, formalice las acciones administrativas correspondientes para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Artículo Quinto.- NOTIFICAR, al Gobernador Regional Ucayali, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas correspondientes el presente acuerdo regional para su conocimiento y fi nes. Artículo Sexto.- DEJAR SIN EFECTO, el Acuerdo de Consejo N° 078-2024-GRU-CR de fecha 13 de junio de 2024. Artículo Sétimo.- PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” conforme a ley y, a través del portal de la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.LEONARDO GABRIEL MALLQUI DÍAZ Presidente Consejo Regional 2323207-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza que da inicio al Proceso de Formulación del Plan Local de Cambio Climático de la Municipalidad Distrital de San Borja ORDENANZA N º 719-MSB San Borja, 16 de agosto de 2024EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN BORJA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de San Borja, en la XV-2024 Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha;