NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2024 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza que actualiza la conformación de la Comision Ambiental Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña (CAM-BREÑA) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 608-2024-MDB Breña, 19 de junio de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑAPOR CUANTOEl Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria del veinticinco de febrero de dos mil veinticuatro; VISTOS:El Informe Nº 017-2024-MDB/GSA de la Gerencia de Sostenibilidad Ambiental, Informe Nº 051-2024-OAJEI- MDB de la O fi cina de Asesoría Jurídica e Integridad, Memorando Nº 069-2024-MDB/GM de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 01-2024-CSCGA/MDB de la Comisión Ordinaria de Servicios Comunales y Gestión Ambiental; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y modi fi catorias, las Municipalidades Distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo 165º de la Constitución Política del Estado señala los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que el Artículo X del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, establece que “los gobiernos locales promueven el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental.” Que, es atribución del Concejo Municipal, la aprobación del Sistema Local de Gestión y de sus instrumentos dentro del marco del Sistema Nacional y Regional de Gestión Ambiental y de espacios de concertación y participación vecinal, a través del Concejo Municipal, ejerciendo esa función normativa mediante Ordenanzas, de conformidad con el artículo 9º, numerales 7 y 34 y el articulo 40º, respectivamente, de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Que el numeral 25.1 del artículo 25º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental dispone que las “comisiones Ambientales Municipales son las instancias de gestión ambiental encargadas de coordinar y conectar la política ambiental municipal, promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados, articulan sus políticas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM”; Que, las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura de la normatividad municipal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 1278 señala que las Comisiones Ambientales (CAM) además de las funciones ya establecidas, evalúa el desempeño de la gestión y manejo de residuos sólidos, sea este prestado directamente o a través de terceros; Anualmente, la CAM emite su informe de evaluación del desempeño de acuerdo a las guías que emita el MINAM, el cual forma parte del Sistema Nacional de Información Ambiental. El Informe de evaluación de desempeño debe ser remitido por el CAM al OEFA. Que, mediante Informe Nº 017-2024-MDB/GSA de la Gerencia de Sostenibilidad Ambiental, hace suyo el Informe elaborado por el especialista en el cual se concluye que es necesario actualizar la conformación de la Comisión Ambiental Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña (CAM-BREÑA) en vista a la implementación de nuevos instrumentos normativos ordenadores a nivel nacional y local y se considera de relevante importancia la aprobación y posterior publicación de la misma; Que, mediante Informe Nº 051-2024-OAJEI-MDB, la O fi cina de Asesoría Jurídica e Integridad concluye que opinando con la procedencia y viabilidad legal el Proyecto de Ordenanza que contiene la actualización de la conformación de la Comisión Ambiental Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña (CAM-BREÑA) la misma que constara de nueve artículos, dos disposiciones transitorias, seis disposiciones complementarias fi nales y una disposición complementaria derogatoria; Que, mediante Memorando Nº 069-2024-MDB/ GM, la Gerencia Municipal remite el expediente con todos los actuados que opinan sobre la procedencia de aprobar el proyecto de Ordenanza que contiene la actualización de la conformación de la Comisión Ambiental Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña (CAM-BREÑA); Que, mediante Dictamen Nº 01-2024-CSCGA/MDB de la Comisión Ordinaria de Servicios Comunales y Gestión Ambiental del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Breña acuerda por UNANIMIDAD APROBAR LA CONFORMACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA. Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ACTUALIZA LA CONFORMACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA (CAM-BREÑA) Artículo Primero.- OBJETO: La presente Ordenanza tiene como objeto actualizar la composición y funciones de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Breña y tiene como objetivo elaborar locales ambientales, siguiendo los lineamientos emitidos por el Ministerio de Medio Ambiente y el Consejo Ambiental Metropolitano – CAM Lima, en el ámbito de las competencias locales, realizado de manera participativa a través de un dialogo coordinado entre los sectores públicos, privado y de sociedad civil del Distrito de Breña. Artículo Segundo.- Conformación de la Comisión Ambiental Municipal del Distrito de Breña, en adelante la CAM–- BREÑA, estará conformado por dos representantes por cargo (titular y suplente) de las siguientes instituciones: La Comisión Ambiental Municipal-CAM, estará conformada por los siguientes miembros: 1. 01 Representante del sector educación (instituciones educativas y/o universidades). 2. 01 Representante de Blas Organizaciones de Base (Comités vecinales reconocidos del Distrito). 3. 01 Representante del sector empresarial y comercial del Distrito. 4. 01 Representante de la Iglesia.5. 01 Representante de la Policía Nacional del Perú (Área de Turismo y Ecología). 6. 01 Representante de Defensa Civil.