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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de setiembre de 2024 El Peruano / que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. Mediante el o fi cio Nº 001059-2024-MP-FN- PJFSUCAYALI, cursado por el abogado Sebastián Pedro Ticona Flores, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, se eleva las propuestas para ocupar la plaza de fi scal adjunto provincial provisional en el despacho de la fi scalía Provincial Penal Corporativa de Padre Abad. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en atención a que la plaza señalada en el párrafo precedente se encuentra pendiente de ocupar, previa veri fi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar y designar a la abogada Rosmery Marrueros Alvarado, como fi scal adjunta provincial del Distrito Fiscal de Ucayali, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Padre Abad; nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Rosmery Marrueros Alvarado, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali, designándola en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Padre Abad. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2325796-4 Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2002-2024-MP-FN Lima, 16 de setiembre de 2024VISTO: El o fi cio Nº 001221-2024-MP-FN-PJFSAMAZONAS de fechas 13 de junio de 2024, y;CONSIDERANDO: Mediante escrito presentado el día 12 de junio de 2024, ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (C.E.A), el abogado Juan José Rioja Malhaber, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jazan, presenta su renuncia al cargo por motivos personales, solicitando la exoneración del plazo y que se haga efectiva a partir del 15 de junio de 2024. Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Mariela Atenea Sobrino Ardiles, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jazan, quien para tal fi n suscribe el citado documento. A través del o fi cio de visto, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, por medio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación, la citada carta renuncia, conformidad, con efectividad al 15 de junio de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción”. En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia del referido fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar, con e fi cacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Juan José Rioja Malhaber, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Jazan; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 15 de junio de 2024, la vigencia de su nombramiento y designación así como sus prórrogas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 378 y 3530-2023-MP-FN, de fecha 15 de febrero de 2023 y 18 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Juan José Rioja Malhaber que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del