NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (21/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Sábado 21 de setiembre de 2024 El Peruano / (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 5.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, la cual es la encargada de brindar asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Elaborar un plan de actividades para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo. b) Articular con las unidades orgánicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo competentes para la elaboración de informes técnicos que guarden vinculación con los planteamientos de la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú – FTCCP, y la Cámara Peruana de la Construcción – CAPECO, en el marco del objeto del Grupo de Trabajo. c) Otras que considere necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 8.- Quórum El quórum para la instalación y realización de sesiones se de fi ne por mayoría absoluta de sus representantes. Artículo 9.- Adopción de acuerdos Los acuerdos son adoptados por mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los miembros del Grupo de Trabajo presentes en la sesión respectiva. En caso de empate, el voto dirimente lo tiene el Presidente. Artículo 10.- Participación y colaboración de otras entidades o personas 10.1 El Grupo de Trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto. 10.2 Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas, así como la asistencia especializada de los órganos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quienes coadyuvan al cumplimiento de su objeto. Artículo 11.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación. Cumplido dicho plazo, el Grupo de Trabajo presenta un informe fi nal con las recomendaciones pertinentes en concordancia con el objeto referido en el artículo 2 de la presente resolución ministerial. Artículo 12.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al presupuesto de la institucional a la que representan sus integrantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 13.- Publicación Publicar la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2327619-1VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Dan por concluida designación de Directora Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 350-2024- VIVIENDA Lima, 19 de setiembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 258-2024-VIVIENDA, se designa a la señora VANIA GALIA FARIAS MONTERO, en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación de la señora VANIA GALIA FARIAS MONTERO, en el cargo de Directora Ejecutiva del Programa Agua Segura para Lima y Callao del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese y comuníquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2327531-1 Modifican la Resolución Ministerial N° 465-2023-VIVIENDA, que formaliza el inicio del proceso de actualización de la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038, y crea el Grupo de Trabajo Multisectorial, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de actualizar la Política Nacional de Saneamiento a Política Nacional Multisectorial de Saneamiento al 2038” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 351-2024- VIVIENDA Lima, 20 de setiembre de 2024 VISTOS: La Nota N° D00055-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe N° D00101- 2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; el Memorando N° D00231-2024-VIVIENDA/SG-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D00076-2024-VIVIENDA/ SG-OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y