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32 NORMAS LEGALES Jueves 17 de abril de 2025 El Peruano / Que, mediante Oficio Extra FAP N° 001350-2025- SECRE/FAP la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar FAP, para que participen en la referida actividad, en el lugar y fechas programadas, así como autorizar su salida del país el 25 de mayo y su retorno el 31 de mayo de 2025; Que, a través del Oficio N° 00704-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 76-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00681-2025-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán FAP LUIS DAVID BUSTAMANTE IQUIRA y del Suboficial de Primera FAP YOIBER BAMNER HERRERA CAMPOS (titulares); y, del Teniente FAP LUIS MANUEL CÁCERES CENTENO, y del Técnico de Tercera FAP MARCO ANTONIO EUGENIO OJEDA, (suplentes), para participar en el Ejercicio Operacional VULCANO 2025, a realizarse en el Comando Aéreo de Combate N° 1 ubicado en el municipio de Puerto Salgar, departamento de Cundinamarca, República de Colombia, del 26 al 30 de mayo de 2025, así como autorizar su salida del país el 25 de mayo y su retorno el 31 de mayo de 2025. Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima Clase económica US$ 1,410.36 x 2 personas US$ 2,820.72 Viáticos (40%) US$ 370.00 x 5 días x 2 personas x 40% US$ 1,480.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,300.72 Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal militar más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y su modificatoria.Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2390787-1 Autorizan viaje de personal del Instituto Geográfico Nacional a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00412-2025-DE Lima, 14 de abril del 2025 VISTOS: El Oficio N° 00112-2025-IGN/GG/OPP del Instituto Geográfico Nacional; los Oficios N°s. 00641 y 00654-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00660-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del artículo 5 de la Ley N° 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), señala que dicha Entidad tiene entre sus funciones coordinar con las autoridades correspondientes los asuntos relacionados a los nombres geográficos o topónimos. Asimismo, el numeral 8 del citado artículo establece que dicha Entidad tiene entre sus funciones el representar al país ante los organismos técnico-científicos, nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionadas con las Ciencias Geográfico - Cartográficas y sus aplicaciones; Que, mediante Nota verbal UNGEGN-4th-2025 el Secretario General de las Naciones Unidas comunica a los Representantes Permanentes de los Estados Miembros y a los Observadores Permanentes de los Estados no miembros ante las Naciones Unidas que, el Grupo de Expertos de las Naciones Unidas en Nombres Geográficos celebrará su período de sesiones de 2025, en la sede de las Naciones Unidas, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 28 de abril al 2 de mayo de 2025; Que, a través del Dictamen Legal N° 006-2025/IGN/ GG/OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica del IGN opina que es viable la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de Brigada FRANCISCO SALVADOR MUNARRIZ ESCAJADILLO, identificado con DNI N° 09935832, Jefe del Instituto Geográfico Nacional; del Coronel EP LUIS BARRIOS CRUZ, identificado con DNI N° 43719556, Gerente General del IGN; y, del Teniente Coronel EP JOSE RAMON CHIRE CHIRA, identificado con DNI N° 30962029, Subdirector de Fotogrametría de la Dirección de Información Geoespacial (DIG) del IGN, para que participen en el referido evento, en el lugar y fecha programada; Que, mediante la Hoja Informativa N° 186-2025-IGN/ OPP el Instituto Geográfico Nacional señala que, el citado Grupo de Expertos de las Naciones Unidas en Nombres Geográficos (UNGEGN) promueve el registro de los nombres utilizados localmente que reflejen los idiomas y las tradiciones de un país, el cual debe decidir sus propios nombres estandarizados a nivel nacional mediante la creación de autoridades nacionales de nombres o procesos administrativos reconocidos. Este funciona a través de 24 divisiones geográficas y lingüísticas y de grupos de trabajo que en la actualidad se ocupan de cuestiones de cursos de formación, archivos de datos digitales y nomenclátores, sistemas de romanización, nombres de países, terminología, publicidad y financiación, y directrices toponímicas,