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12 NORMAS LEGALES Jueves 24 de abril de 2025 El Peruano / señala su conformidad con la propuesta de modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC; Que, mediante el Memorando N° 000560-2025-OGPP- SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000113-2025-OOM-OGPP-SG/MC de la O fi cina de Organización y Modernización, donde se emite opinión favorable respecto a la propuesta de modi fi cación del artículo 2 e incorporación del artículo 2-A en la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC; Que, con el Informe N° 000340-2025-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación N° 000178-2025-OGAJ-SG/MC, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que resulta jurídicamente viable que se modi fi que el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC, y se incorpore el artículo 2-A de la Resolución Ministerial N° 000452-2024-MC, conforme con lo solicitado por el Despacho Viceministerial de Interculturalidad y sustentado por la Dirección de los Pueblos en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas; Con los vistos del Viceministerio de Interculturalidad, de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 005-2013- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Delegar en el/la Viceministro/a de Interculturalidad durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: a. Aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo, en el marco de sus competencias. b. Suscribir acuerdos de cooperación internacional, memorándum de entendimiento, intercambio de experiencias u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas, en las áreas de su competencia, con sujeción al marco jurídico vigente; a excepción de aquellos que revistan de especial importancia para el sector, según informe técnico del órgano proponente. c. Emitir resoluciones de identi fi cación de agravios que causen los actos administrativos emitidos por sus órganos de línea y los/las Directores/as de Órganos Desconcentrados de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, de acuerdo al marco de sus competencias.” Artículo 2.- Incorporación del artículo 2-A de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC Incorporar el artículo 2-A de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modi fi cada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC; el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 2-A.- Delegar en el/la Director/a General de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas durante el Ejercicio Fiscal 2025, la facultad de autorizar los ingresos excepcionales a las Reservas Indígenas a los que hace referencia la Ley N° 28736, Ley para la protección de Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, previa conformidad del Despacho Viceministerial de Interculturalidad.” Artículo 3.- Noti fi cación Remitir copia de la presente resolución al Despacho Viceministerial de Interculturalidad y a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2393049-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a diecisiete unidades hemerográficas correspondientes a los periódicos El Nuevo Depositario (1821) y Los Andes Libres (1821), pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000086-2025- VMPCIC/MC San Borja, 7 de abril del 2025 VISTOS: el O fi cio N° 000192-2025-BNP-J de la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; la Hoja de Elevación N° 000209-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran los documentos bibliográ fi cos o de archivo y testimonios de valor histórico, manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, cientí fi co o literario y otros que sirvan de fuente de información para la investigación en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político, artístico, etnológico y económico; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura es competencia exclusiva de este ministerio, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación. Asimismo, el literal a) del artículo 14 de la norma señala que corresponde al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 19 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación dispone que el Ministerio de Cultura, la Biblioteca Nacional y el Archivo General de la Nación, están encargados de la identi fi cación, inventario, inscripción, registro, investigación, protección, conservación, difusión y promoción de los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de su competencia; Que, con el O fi cio N° 000192-2025-BNP-J la Jefatura Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú remite la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de diecisiete unidades hemerográ fi cas correspondientes a los periódicos El Nuevo Depositario (1821) y Los Andes Libres (1821), pertenecientes a la Biblioteca Nacional del Perú; Que, a través del Informe Técnico N° 000003-2025-BNP-J-DPC-UVDP de la Unidad Funcional