TEXTO PAGINA: 52
52 NORMAS LEGALES Sábado 9 de agosto de 2025 El Peruano / VISTOS: El o fi cio Nº 001170-2025-MP-FN-CN-FISPREV e informe Nº 0047-2025-MP-FN-OREF-LELQ, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, se remite y expresa conformidad a la carta de fecha 15 de julio de 2025, suscrita por el abogado Yosimar Alejandro Gómez Giraldo, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, designado en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto, quien presenta su renuncia al cargo por motivos personales y de salud. En su carta de renuncia, el citado abogado señala como última día de labores el 15 de agosto de 2025, recibiendo el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el o fi cio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022. El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fi scal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenida en el informe Nº 0047-2025-MP-FN-OREF-LELQ de fecha 1 de agosto de 2025, resulta necesario emitir el acto resolutivo que acepte la renuncia del abogado Yosimar Alejandro Gómez Giraldo a partir del 16 de agosto de 2025. De conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Yosimar Alejandro Gómez Giraldo como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Loreto, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Loreto, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 2542-2012-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 25 de noviembre de 2022 y 30 de diciembre de 2024; a partir del 16 de agosto de 2025. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Yosimar Alejandro Gómez Giraldo que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, Coordinador Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2426319-22Dejan sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2131-2025-MP-FN RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2397-2025-MP-FN Lima, 8 de agosto de 2025VISTOS: La carta s/n y el informe Nº 00049-2025-MP-FN- OREF-LELQ, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2131-2025-MP-FN, de fecha 10 de julio de 2025, se nombró al abogado Giovanni Francois Bueno Chunga como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Mediante la carta de vistos, de fecha 16 de julio de 2025, el abogado Giovanni Francois Bueno Chunga declina a su nombramiento y designación, descritos en el párrafo precedente, por motivos laborales y profesionales. En virtud de la facultad concedida a la Fiscal de la Nación y en mérito a lo precisado en el informe Nº 00049-2025-MP-FN-OREF-LELQ, de fecha 4 de agosto de 2025, resulta necesario aceptar la declinación del referido abogado y, en consecuencia, dejar sin efecto la resolución señalada en el primer párrafo. De conformidad con lo establecido por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2131-2025-MP-FN, de fecha 10 de julio de 2025, mediante la cual se nombró al abogado Giovanni Francois Bueno Chunga como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2426319-23 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2398-2025-MP-FN Lima, 8 de agosto de 2025 VISTOS:El o fi cio Nº 002263-2025-MP-FN-PJFSLALIBERTAD e informe Nº 00081-2025-MP-FN-OREF-ENYO, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La