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83 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de agosto de 2025 El Peruano / y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos y sus modi fi catorias. Que, la Ley N° 31056 - Ley que otorga funciones compartidas a los gobiernos locales en los procesos de formalización de la propiedad informal. Que, en los artículos 12, 13 y 14 a la Ley 31056- Ley que Amplía los Plazos de la Titulación de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales y Dicta Medidas para la Formalización, como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2021-Vivienda. Puesto que las Municipalidades ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente Ley y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, la Municipalidad Provincial de Utcubamba dentro de sus competencias se encuentra la plani fi cación, zoni fi cación y urbanismo, por lo que según Ordenanza Municipal N° 011-2015- MPU/BG, de fecha 11 de junio del 2015, la Municipalidad Provincial de Utcubamba aprobó el Plan de Desarrollo Urbano y que, a la fecha está vigente, para plani fi car, organizar y coordinar en armonía el saneamiento físico legal de la ciudad y del Distrito de Bagua Grande. Que, de acuerdo al proyecto y procedimiento en la que la Municipalidad Provincial de Utcubamba pueda titular predios ubicados dentro del casco urbano y áreas de expansión urbana del distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Departamento Amazonas - 2023, presentado por el consultor externo Ing. Edwin Alfredo Carmen Lazo, CIP N° 274386, queda en evidencia que en la actualidad existe una gran cantidad de poseedores de lotes urbanos, ubicados en las zonas urbanas y en terrenos eriazos de las zonas de expansión urbana de la ciudad de Bagua Grande, así como en los diferentes sectores, caseríos; que requieren contar con documentos que acrediten su derecho para poder tener acceso a las diferentes mecanismos legales de formalización de la propiedad informal. Que, es pretensión de la Municipalidad erradicar el trá fi co de terrenos, la invasión de lotes de terreno y la invasión de terrenos eriazos públicos; buscando la consolidación de los asentamientos humanos y las posesiones informales en aras de mejorar la calidad de vida de los posesionarios. De conformidad con lo establecido en el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprueba: Artículo Único.- APRUEBA CREAR EL PROGRAMA DE TITULACIÓN URBANO DENOMINADO “TITULANDO BAGUA GRANDE”, REGLAMENTANDO ASÍ, EL PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN DE PREDIOS URBANOS UBICADOS DENTRO DEL CASCO URBANO Y ÁREA DE EXPANSIÓN URBANA EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA DE UTCUBAMBA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS; el mismo que cuenta de 26 artículos, 08 disposiciones complementarias, 02 disposiciones transitorias y 04 disposiciones fi nales. Comunicarse, cúmplase, publíquese y archívese.DIÓGENES CELIS JIMÉNEZ Alcalde ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL PROGRAMA DE TITULACIÓN URBANO DENOMINADO “TITULANDO BAGUA GRANDE”, REGLAMENTANDO EL PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN DE PREDIOS URBANOS UBICADOS DENTRO DEL CASCO URBANO Y ÁREA DE EXPANSIÓN URBANA EN EL AMBITO DEL DISTRITO DE BAGUA GRANDE, PROVINCIA DE UTCUBAMBA DEPARTAMENTO DE AMAZONAS TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Finalidad. La presente Ordenanza Municipal tiene la fi nalidad de regular y ordenar el procedimiento administrativo para que la Municipalidad Provincial de Utcubamba promueva la iniciativa ciudadana para la formalización fi sco legal de predios urbanos en su modalidad de titulación integral de posesiones informales ubicadas dentro del distrito de Bagua Grande, así como la integración del catastro de la cuidad. Se encuentra comprendidos dentro de este procedimiento de formalización los terrenos ocupados por posesiones informales hasta el 31 de diciembre del 2015. Artículo 2°.- Objetivos.2.1. Dotar a los posesionarios informales de un instrumento jurídico que les permita obtener y consolidar su derecho de propiedad de los inmuebles que tienen en posesión y conducción. 2.2. Facilitar el proceso administrativo y plazo que permitan titular las posesiones informales en el ámbito del distrito de Bagua Grande. 2.3. Mejorar el catastro urbano de la cuidad de Bagua Grande, para erradicar el trá fi co ilícito de terrenos. Artículo 3°.- Base Legal. 3.1. La Constitución Política del Perú 3.2. El Código Civil. 3.2. La Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.3.3. La Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General. 3.4. La Ley N° 28391 - Ley de la Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005. 3.5. El Decreto Supremo N° 005-2005-JUS- Reglamento de Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos. 3.6. La Ley 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad 3.8. Informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos. 3.7. Ley 31056- Ley que Amplía los Plazos de la Titulación de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales y Dicta Medidas para la Formalización, como su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2021-Vivienda. 3.8. Ley 28923- Ley que establece el régimen temporal extraordinaria de formalización y titulación de predios urbanos. 3.9. La Ordenanza Municipal N° 011-2015-MPU/BG - Ordenanza que aprueba el Plan De Desarrollo Urbano de la Ciudad de Bagua Grande 2014-2025. Artículo 4°.- Ámbito De Aplicación. La presente Ordenanza será de aplicación para la formalización integral de todos los Sectores, Caseríos informales que se encuentran dentro de la zona de expansión urbana del Distrito de Bagua Grande, Provincia de Utcubamba, Región Amazonas, comprendiendo terrenos públicos que hayan sido ocupados antes del 31 de diciembre del 2015. Artículo 5°.- De fi niciones 5.1. Programa Municipal de titulación urbano El programa de titulación urbano, será incorporado como un proceso administrativo, que cuenta con autonomía administrativa y funcional dependiente de la Sub Gerencia de Catastro, teniendo capacidad técnica legal para atender todas las peticiones administrativas relativas a los procesos de formalización integral de la propiedad urbana; así como los procesos individuales de adjudicación de predios. El programa de titulación urbana, estará bajo la dirección de equipo de profesionales integrados por un ingeniero civil o arquitecto y un abogado, la dirección del equipo recaerá en cualquier de los profesionales antes mencionados. 5.2. Comité Pro titulación El comité pro titulación se constituirá en el sector urbano donde se realizará el proceso de formalización