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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (21/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 21 de agosto de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, en adelante la Ley N° 32394, autoriza al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de manera excepcional, para realizar durante el año fi scal 2025 transferencias fi nancieras a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, hasta por el monto de S/ 2 369 481,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con el fi n de contribuir a las acciones de la seguridad turística a nivel nacional; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 32394, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el presente artículo, se realizan previa suscripción de convenios. Una vez suscrito el convenio, la transferencia fi nanciera se aprueba mediante resolución del titular del pliego, contando con el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto del pliego. La resolución del titular del pliego se publica en el diario ofi cial El Peruano. En el marco de la implementación de lo dispuesto en el numeral 4.1, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda exceptuado de lo dispuesto en el numeral 11.3 del artículo 11 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, con fecha 1 de agosto de 2025, se suscribió el “Convenio especí fi co de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú - Dirección General de Capitanías y Guardacostas”, con el objeto de comprometerse mutuamente, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, a emprender tareas de apoyo y colaboración interinstitucional orientados al cumplimiento del plan de trabajo común, mediante las gestiones para la adquisición de doce (12) motores fuera de borda con sistema de inyección electrónica de 4 tiempos ecológicos con sus respectivos accesorios, y diez (10) colas de propulsión corta Tipo L (20.3 pulgadas), para motores Tipo F100GET, para la potenciación de lanchas de interdicción fl uvial que cuenten con la capacidad de reprimir hechos ilícitos que puedan afectar el normal desarrollo de la actividad turística en toda la extensión de las cuencas amazónicas dentro de la jurisdicción del Distrito de Capitanías 4 y el Distrito de Capitanías 5, que comprende los ríos Amazonas, Marañón y Ucayali de la región Loreto y de los ríos Madre de Dios, Tambopata y Malinowsky de la región Madre de Dios, de manera rápida y oportuna, conforme al detalle del Anexo 1 que forma parte de referido convenio; Que, mediante Resolución Ministerial N° 209-2025-MINCETUR de fecha 14 de agosto de 2025, se autorizó la incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 035. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 2 369 481,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), destinadas a la transferencia fi nanciera a favor de los pliegos Ministerio de Defensa (S/ 1 123 560,00) y Ministerio del Interior (S/ 1 245 921,00); Que, a través del Memorándum N° 959-2025-MINCETUR/VMT, el Viceministerio de Turismo sobre la base del Informe N° 0056-2025/MINCETUR/ VMT/DGPDT/DFCT-PRN, de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, sustenta la transferencia fi nanciera a favor de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas - Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa; poniendo a disposición recursos presupuestales con cargo a los ingresos por la aplicación de la Ley N° 31557, Ley que regula la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia y modi fi catorias, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, para el fi nanciamiento de las acciones relacionadas a la implementación de acciones de la seguridad turística a nivel nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 32394; hasta por la suma de S/ 1 123 560,00 (UN MILLÓN CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del Sector Turismo y dicta otras medidas; Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 004-2025-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Resolución Ministerial N° 198-2025-MINCETUR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” y su modi fi catoria, aprobada por Resolución Directoral N° 0001-2025-EF/50.01; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera a favor de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Unidad Ejecutora 004. Marina de Guerra del Perú del Pliego 026. Ministerio de Defensa Aprobar una transferencia fi nanciera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por la suma de S/ 1 123 560,00 (UN MILLÓN CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Unidad Ejecutora 004. Marina de Guerra del Perú del Pliego 026. Ministerio de Defensa, para la implementación de acciones de seguridad turística. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 001: Dirección General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Categoría Presupuestal 9002. ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS, Producto 3999999. SIN PRODUCTO, Actividad 5004654. OPTIMIZACIÓN DE MECANISMOS DE INGRESO, PERMANENCIA Y SALIDA DE LOS TURISTAS AL PERU, Genérica Gasto: 4 Donaciones y Transferencias, en la Especí fi ca de Gasto: 24.23.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la suma de S/ 1 123 560,00 (UN MILLÓN CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2429815-1